Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

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1.2 Los pliegos habilitados en la Seccion MORDAZA del numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo 1 "Transferencia de Partidas del Ministerio de Educacion a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica para el Ano Fiscal 2014 en el MORDAZA de la Ley 30191", y en el Anexo 2 "Transferencia de Partidas del Ministerio de Educacion a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica para el Ano Fiscal 2014" que forman parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3042012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Informacion Los pliegos habilitados informaran al Ministerio de Educacion los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el numeral 11.3 del articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. Articulo 5º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1103638-3

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura deportiva
DECRETO SUPREMO Nº 179-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 2 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM, establece que corresponde al Instituto Peruano del Deporte, en coordinacion con los organismos del Sistema Deportivo Nacional, formular e impartir la politica deportiva, recreativa y de educacion fisica. Asimismo, organiza, planifica, promueve, coordina, evalua e investiga a nivel nacional el desarrollo del deporte, la recreacion y la educacion fisica en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorias; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado articulo 11 senala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que dichas transferencias solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal 2014; asimismo, senala que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica; Que, mediante los Oficios Nºs 148-2014-SG/IPD y 151-2014-SG/IPD, el Instituto Peruano del Deporte solicita la aprobacion de una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura deportiva, para lo cual la Oficina de Presupuesto y Planificacion de la citada entidad, con los Informes Nºs 056-2014-OPP/IPD y 060-2014-OPP/IPD, senala que dichos proyectos se encuentran viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), y que se cuenta con los convenios suscritos; asimismo, precisa que el financiamiento sera atendido con cargo al presupuesto del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, mediante el Informe Nº 179-2014-MINEDU/SPEUP y el Memorandum Nº 7929-2014-MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion senala que la citada transferencia de recursos cuenta con la disponibilidad presupuestaria autorizada en el Presupuesto Institucional para el presente Ano Fiscal 2014 del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, para el financiamiento de la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura deportiva; en merito de lo cual a traves del Oficio Nº 1088-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educacion solicita dar tramite a la citada transferencia de partidas; Que, por tanto, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 296 511,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecucion de dos (02) proyectos de inversion publica en infraestructura deportiva, a cargo de Municipalidad Provincial de Carabaya, Departamento de

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