Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2015 (16/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de agosto de 2015 /

El Peruano

acordado por el Directorio en su sesión de fecha 6 de agosto de 2015; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor José Lupú Figallo, Especialista Senior en Análisis del Sistema Financiero, a la ciudad de México DF, México, los días 27 y 28 de agosto de 2015, y el pago de los gastos, a fin de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje Viáticos TOTAL US$ 714,89 US$ 580,00 US$ 1 294,89

Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1274468-1

dicha participación en representación del Fuero Militar Policial; Que, en sesiones de fechas 20 de julio y 14 de agosto de 2015, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó autorizar el viaje a la República de Chile, en comisión de servicio, de los indicados Oficiales Generales del 18 al 23 de agosto de 2015 y del citado Oficial Almirante del 17 al 23 de agosto de 2015, respectivamente; para que participen en el referido evento, cuyos gastos de traslado por transporte aéreo y viáticos, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2015; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1096 y la Ley Nº 29955; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, el artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio a las ciudades de Santiago y Viña del Mar, República de Chile; de los señores General de Brigada (R) Juan Pablo RAMOS ESPINOZA, Presidente del Fuero Militar Policial, identificado con DNI Nº 03884474 y Mayor General FAP. Arturo Antonio GILES FERRER, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, identificado con DNI Nº 08379575 y CIP Nº O-9566688, del 18 al 23 de agosto de 2015; y Contralmirante CJ. Julio Enrique PACHECO GAIGE, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, identificado con DNI Nº 08805518 y CIP Nº 00801513, del 17 al 23 de agosto de 2015; para que participen en el "III Foro Interamericano sobre Justicia Militar y Derecho Operacional". Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa, serán cubiertos íntegramente por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima (Perú) ­ Santiago (Chile) ­ Lima (Perú) US$ 598.36 X 03 personas (incluido TUUA) = US$ Viáticos: US$ 370.00 X 05 días X 03 personas Total a pagar = US$

FUERO MILITAR POLICIAL
Autorizan viaje de Presidente y Vocales Supremos del Fuero Militar Policial a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 032-2015-FMP/CE/SG Lima, 14 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, fiscales, económicas y administrativas, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5º de la citada Ley, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo su Presidente quien preside el Fuero Militar Policial; Que, el señor General de Brigada, Auditor del Ejército de Chile, extendió cordial invitación para que los señores General de Brigada (R) Juan Pablo RAMOS ESPINOZA, Presidente del Fuero Militar Policial; Contralmirante CJ. Julio Enrique PACHECO GAIGE, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, Director del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar y Secretario Técnico del Foro Interamericano sobre Justicia Militar; y Mayor General FAP. Arturo Antonio GILES FERRER, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial y Secretario Técnico Alterno del Foro Interamericano sobre Justicia Militar; participen en el "III Foro Interamericano sobre Justicia Militar y Derecho Operacional", evento que se realizará en las ciudades de Santiago y Viña del Mar, República de Chile, del 19 al 21 de agosto de 2015; Que, dada la importancia del evento, cuyo objetivo es continuar con los trabajos realizados en las reuniones del Foro Interamericano llevadas a cabo en la ciudad de Lima, en diciembre de 2013 y agosto de 2014; así como avanzar en los análisis sobre la justicia militar y el derecho operacional en la región, con temas de especial interés para las Américas, resulta conveniente para los intereses institucionales de esta jurisdicción excepcional, autorizar

1,795.08 5,550.00

= US$ 7,345.08

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados Oficiales Generales y Almirante, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas del Fuero Militar Policial a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución Administrativa, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2015, Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial. Artículo 5º.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO RAMOS ESPINOZA Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1274593-1

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