Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2015 (29/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

570254 PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

Martes 29 de diciembre de 2015 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA
Aprueban el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la provincia de Canta 2016 - 2025
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 131-2015-CPC Canta, 23 diciembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE CANTA, en Sesión Ordinaria de la fecha Visto: El Informe Nº 001-2015-SGSPDEPMA-MPC; de fecha 18 de diciembre del 2015, remitido por la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Desarrollo Económico Productivo y Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial de Canta que contiene el PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA DE CANTA 2016 ­ 2025. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1.1 del Art. 80º de la Ley Orgánica de Municipales, Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades provinciales en materia de saneamiento, salubridad y salud, entre otras ejercen las funciones de Regular y controlar el proceso de disposición final de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial Que, la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los Principios de Minimización, Prevención, de Riesgo Ambiental y Protección de la Salud y el bienestar de la persona humana; Que, el Artículo 9 del mismo cuerpo legal, establece que las Municipalidades Provinciales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos, en todo el ámbito de su jurisdicción. Que, el Artículo 8º Inciso a), Artículo 23º del Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM Reglamento de la Ley Nº 27314, establece que: "Las Municipalidades Provinciales deben planificar, promover, regular, aprobar, autorizar, fiscalizar, supervisar y sancionar en su jurisdicción, los aspectos técnicos y formales de gestión y manejo de residuos de competencia municipal, tal como se establece en la Ley y el Reglamento. La función de planificación se

debe desarrollar en armonía con el Plan de Desarrollo Regional Concertado que formula la región respectiva". Que, en el Artículo 23º del Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM Reglamento de la Ley Nº 27314, del mencionado Reglamento señala que las municipalidades provinciales formulan sus Planes integrales de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS), con participación de la ciudadanía y en coordinación con las municipalidades distritales, la Autoridad de Salud y las autoridades competentes previstas en la Ley, Estos planes tienen por objetivo establecer las condiciones para una adecuada administración de los residuos sólidos, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades de residuos en todo el ámbito de su competencia desde la generación hasta su disposición final. Que, estando con la aprobación de la Gerencia Municipal y opinión legal favorable lo solicitado por la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Desarrollo Económico Productivo y Medio Ambiente referente a la aprobación de la "Ordenanza que Aprueba el PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA DE CANTA 2016 ­ 2025, a fin de contribuir a la mejora de la gestión del residuos sólidos del Distrito Capital de la Provincia de Canta; siendo atribución del Concejo Municipal aprobarlo, conforme a sus atribuciones conferidas en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º, así como el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal Provincial de Canta, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA Nº 131-CPC QUE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA DE CANTA 2016 ­ 2025" Artículo Primero.- APROBAR el PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA DE CANTA 2016 ­ 2025, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos y su modificatoria, su Reglamento Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, concordante con la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; el mismo que formará parte como anexo de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal para que en coordinación con la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Desarrollo Económico Productivo y Medio Ambiente y demás unidades orgánicas den cumplimiento a lo dispuesto por la presente Ordenanza, teniendo en cuenta el carácter inclusivo y transversal que debe tener la gestión ambiental. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente a afectos de la mejor implementación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo establecido en el numeral 2) del Artículo 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el Anexo será publicado en el Portal de la Municipalidad Provincial de Canta Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO LIMBER HUAPAYA VILCAPOMA Alcalde 1327576-1

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