Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 101
El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015
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· Canalizacion subterranea: Conjunto de camaras y ductos colocados en el subsuelo, en los cuales se colocan cables subterraneos, y/o tuberias sanitarias. · Conexion Domiciliaria: La conexion de un servicio publico a un predio MORDAZA o a un espacio publico determinado desde la red principal hasta la fachada o vereda adyacente, que incluye la instalacion de un elemento de control o registro de consumo del servicio. · Derecho de Via: Faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida las calzadas de MORDAZA peatonal y vehicular, sus obras complementarias, servicios, areas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario. · Ductos: Conductos o similares utilizados como elementos de canalizacion subterranea para el tendido de redes. · Infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos: Todo poste, ducto, conducto, MORDAZA, camara, buzon, MORDAZA, estacion radioelectrica, derechos de via, asociados a la prestacion de servicios publicos. · Infraestructura Pasiva: Conductos, ductos, MORDAZA, etc. · Fibra Optica: Hilo muy fino de material transparente, vidrio o materiales plasticos, utilizado como medio fisico para transmitir MORDAZA cantidades de informacion a MORDAZA distancias haciendo uso de pulsos de luz como portadora optica. · Mantenimiento de Redes: Trabajos realizados por los operadores o concesionarios dentro de una programacion, que tienen por objeto mantener en buen estado las redes primarias y secundarias, asi como las conexiones domiciliarias de los servicios respectivos. · Operador: Titular de la concesion de un servicio publico o la prestadora de servicios publicos. · Planta Externa: Es toda infraestructura exterior o medios enterrados, tendidos o dispuestos a la intemperie por medio de los cuales se ofrecen los diferentes servicios publicos. · Trabajos de Emergencia: Trabajos que realizan los operadores o empresas concesionarias de servicios publicos, debido a la interrupcion o desperfecto del servicio domiciliario o local. CAPITULO III PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Articulo 5.- Autorizaciones Los operadores y/o las personas naturales o juridicas en general estan en la obligacion de solicitar la autorizacion a la Municipalidad para realizar intervenciones, obras civiles o cualquier MORDAZA de instalacion, mantenimiento, o retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico bajo administracion municipal, cumpliendo con los requisitos previstos por la legislacion en la materia y considerados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince, las cuales seran otorgadas a traves de la Subgerencia de Infraestructura Urbana. Articulo 6.- Silencio administrativo Las autorizaciones municipales que se requieren para abrir pavimentos, calzadas y aceras de las vias publicas, ocupar las vias o lugares publicos o instalar en areas de uso publico la infraestructura necesaria para conexiones domiciliarias, instalacion, ampliacion o mantenimiento de redes de infraestructura de servicios publicos de agua potable y alcantarillado, transmision y distribucion de electricidad, alumbrado publico, gas natural, entre otros, se sujetan a silencio administrativo positivo, cumplido el plazo de establecido en el MORDAZA de la Municipalidad. Articulo 7.- Aprobacion automatica Las autorizaciones municipales, que se requieran para instalar en areas de uso publico la infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones se sujetan a un procedimiento administrativo de aprobacion automatica, debiendo presentar un plan de trabajo de obras publicas, conforme las disposiciones del Reglamento de la Ley Nº 29022 Ley para el Fortalecimiento de la Expansion de Infraestructura
Comision de Desarrollo Urbano; y de conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA EJECUCION DE OBRAS, INSTALACION, MANTENIMIENTO Y RETIRO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS EN AREAS DE DOMINIO Y USO PUBLICO TITULO I DISPOSCIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, ALCANCES Y COMPETENCIA Articulo 1.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer disposiciones administrativas, tecnicas y de control para la ejecucion de obras, instalacion, mantenimiento y retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de dominio y uso publico del distrito de Lince. Articulo 2.- Alcances Estan comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza y obligadas a su cumplimiento, las personas naturales, juridicas o entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho publico o privado, incluyendo empresas o entidades del Estado, regionales o municipales, que realicen algun MORDAZA de intervencion, obras civiles, o cualquier MORDAZA de instalacion, mantenimiento, o retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de dominio y uso publico, bajo administracion municipal, sea por propia iniciativa, por encargo o contratos de terceros. Articulo 3.- Competencia Son competentes para la aplicacion de la presente Ordenanza, dentro de su particular ambito funcional, la Subgerencia de Infraestructura MORDAZA y la Subgerencia de Fiscalizacion y Control MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo Urbano. CAPITULO II DEFINICIONES Articulo 4.- Definiciones Para la aplicacion de la presente Ordenanza se debera tomar en consideracion las siguientes definiciones: · Ampliacion de Redes: Son los trabajos de ampliacion de las redes primarias, secundarias y domiciliarias, con la finalidad de brindar un mayor servicio al usuario. · Areas de uso publico: Son los bienes estatales, destinados al uso publico como playas, plazas, parques, infraestructura vial, caminos y otros, cuya administracion, conservacion y mantenimiento corresponden a las municipalidades. · Autorizacion: Documento que otorga la Municipalidad para autorizar la ejecucion de obras, la instalacion y mantenimiento de infraestructura, necesaria para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico del distrito. · Berma: Franja longitudinal, pavimentada o no, comprendida entre el borde exterior de la calzada y la vereda. · Cable: Conductor de senales, de metal, MORDAZA (vidrio) o la combinacion de ambos. En telecomunicaciones son utilizados para trasmitir senales electricas u opticas y son recubiertos por un material aislante y protector. · Cable Aereo: Cable instalado utilizando como soporte: postes, MORDAZA y fachadas de edificaciones en general. · Camaras y Buzon: Elemento utilizado en canalizaciones subterraneas donde se realizan empalmes y distribucion de la red electrica y de telecomunicaciones y de agua y desague.