Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2015 (26/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Viernes 26 de junio de 2015

555901
PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano 1 : Recursos Ordinarios 49 821 246,00

presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de las Unidades Ejecutoras 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar las transferencias de recursos comprendidas en el presente decreto supremo; en mérito de lo cual, a través del Oficio N° 696-2015/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a las citadas transferencias de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Locales y una transferencia financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A.- EPS GRAU S.A., con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, el artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que Establece Medidas Presupuestarias para el Año Fiscal 2015 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 359 436,00), del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la continuidad de la ejecución de seis (06) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y nueve (09) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano 3000001 : Acciones Comunes 5001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano 1 : Recursos Ordinarios 49 821 246,00

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 15 538 190,00 =========== 65 359 436,00 ===========

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Urbano y Rural", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente transferencia de partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Autoriza Transferencia Financiera 3.1. Autorízase una transferencia financiera del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A.- EPS GRAU S.A., hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 550 522,00), para financiar la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, los mismos que se detallan en el Anexo II "Transferencia Financiera para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Urbano". 3.2 La transferencia financiera autorizada en el numeral precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que se refieren los numerales 1.1 y 3.1 de los artículos 1 y 3, respectivamente, del presente decreto supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 3000001 : Acciones Comunes 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 15 538 190,00 =========== 65 359 436,00 ===========

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS PROGRAMA

En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.