Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

548105
de Fomento de la Inversion Privada - dejando pendiente la designacion de los representantes del sector privado, que se realizara en acto posterior -, conforme al siguiente detalle: 1º Sr. MORDAZA MORDAZA Noda Yamada, Gerente General Regional, quien la Presidira; 2º Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y, 3º Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina Regional de Asesoria Juridica. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA CILLONIZ MORDAZA Presidente Regional 1207934-1

fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo."; Que, conforme a lo establecido en el articulo 8º de la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, "Los Gobiernos Regionales y Locales crearan las Agencias de Fomento de la Inversion Privada como un organo especializado, consultivo y de coordinacion con el sector privado, que se funda en acuerdos explicitos entre ambos sectores. Dichas agencias estaran integradas por representantes del gobierno regional o local respectivo, y del sector privado representado por los gremios y asociaciones de productores y empresarios de la respectiva jurisdiccion.(...)" Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0012-2004GORE-ICA se creo la Agencia Regional de Fomento de la Inversion Privada, cuya funcion consiste en la intervencion, en calidad de organo especializado, consultivo y de coordinacion con el sector privado, en la promocion de la inversion dentro de la circunscripcion territorial del Gobierno Regional de Ica; Que, mediante Decreto Regional Nº 001-2011-GOREICA/PR, se designo a los integrantes de la Agencia de Fomento de la Inversion Privada del Gobierno Regional de Ica; designacion que posteriormente fue modificada mediante Decreto Regional Nº 002-2012-GORE-ICA/PR de fecha 27 de septiembre de 2012; Que, conforme a lo establecido en el articulo 42º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado mediante Ordenanza Nº 00162013-GORE-ICA, la Agencia de Fomento de la Inversion Privada estara conformada por tres representantes del Gobierno Regional y con cuatro representantes del sector privado de la jurisdiccion de Ica; Que, en ese sentido resulta necesario dictar los actos de administracion que permitan adecuar el funcionamiento de la Agencia de Fomento de la Inversion Privada del Gobierno Regional de Ica, al MORDAZA normativo aplicable, designando a los representantes del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 99.1 y 99.2 del articulo 99º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, respectivamente, "El quorum para la instalacion y sesion valida del organo colegiado es la mayoria absoluta de sus componentes."; "Si no existiera quorum para la primera sesion, el organo se constituye en MORDAZA convocatoria el dia siguiente de la senalada para la primera, con un quorum de la tercera parte del numero legal de sus miembros, y en todo caso, en numero no inferior a tres."; lo cual permitira la operatividad de la Agencia de Fomento de la Inversion Privad en tanto se designe a los representantes del sector privado; Que, resulta conveniente aclarar que conforme a lo establecido en el articulo 40º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, "Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecucion de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administracion Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes ciudadano."; aspectos estos, de orden normativo; Que, sin embargo, la designacion de los integrantes de la Agencia de Fomento de la Inversion Privada del Gobierno Regional de Ica, representa un acto de orden administrativo, de manera que conforme a lo establecido en el articulo 41º de la mencionada Ley Nº 27867, debe establecerse mas bien, mediante Resolucion Ejecutiva Regional; instrumento que se diferencia del Decreto Regional en la materia objeto de su emision, pero que no tiene diferencia en cuanto a jerarquia; En consecuencia, estando a lo establecido en el inciso 4 del articulo 29º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Ica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la designacion de los integrantes de la Agencia de Fomento de la Inversion Privada del Gobierno Regional de Ica, realizada mediante Decreto Regional Nº 002-2012-GOREICA/PR, dandoles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a los representantes del Gobierno Regional de Ica en la Agencia

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate
ORDENANZA Nº 371-MDA Ate, 9 de febrero de 2015 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, visto en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo Distrital de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomia que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 3) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local; asimismo el inciso12) del citado articulo, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar por Ordenanza el Reglamento Interno del Concejo Municipal, concordante con el articulo 40º de la misma MORDAZA, que senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tienen competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 039-MDA de fecha 6 de noviembre de 2003 se aprueba el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, se torna necesario aprobar un MORDAZA Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, que precise su regimen interior acorde a la normatividad vigente y que actualice el funcionamiento interno del Concejo Municipal de Ate, a efectos de hacerlo mas agil y expeditivo en sus decisiones;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.