Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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de los certificados a la Subgerencia de Participacion Ciudadana. Estando a lo expuesto, con la aprobacion unanime de los Senores Regidores del Pleno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Canete, se aprueban lo siguiente: ORDENANZA; Articulo 1º.- Aprobar, la modificacion de los articulos 2, 3, 5, 7, 8, 9, Primera, y MORDAZA, Disposicion Complementarias y Primera Disposiciones Finales de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC "Ordenanza Reglamentaria Para la Expedicion de Certificacion Domiciliarios", y que queda redactado de la siguiente manera: Articulo 2º.- El requisito de certificado queda cumplido por parte del interesado con la MORDAZA directamente ante el requirente, de una declaracion jurada simple y escrita en la que conste su domicilio actual. Articulo 3º.- El funcionario publico que no cumpla con la obligacion de recibir la declaracion de recibir la declaracion, incurrira en infraccion administrativa. Articulo 5º.- Para la MORDAZA de la solicitud, la Municipalidad proporcionara gratuitamente el formato (anexo Nº 1) pre-establecido y oficialmente reconocido por la Municipalidad, en el cual debera anotar el solicitante, los datos requeridos y senalar con precision su domicilio. Articulo 7º.- Recepcionado el expediente, se tramitara en forma inmediata, en el dia, (de no haber sido presentado una hora MORDAZA del cierre de actividades de las oficinas de la Municipalidad) o al dia siguiente util, a la oficina de la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana para la expedicion correspondiente. Articulo 8º.- La emision del Certificado Domiciliario, no debera superar las 48 horas, desde su presentacion. El certificado domiciliario sera expedido y firmado por el Subgerente de Participacion Ciudadana y contara con el visto MORDAZA del Gerente de Desarrollo Social y Humano, segun el formato aprobado por la Municipalidad (Anexo Nº 1), llevando un registro de expedicion de certificados. Articulo 9.- Incorporese al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Canete, el siguiente procedimiento: Denominacion : Certificado Domiciliario Requisitos : Carpeta de tramite · MORDAZA fotostatica de DNI · Partida de Nacimiento en caso de ser menor y DNI padre o Madre. · MORDAZA de recibo de agua o de Luz. · S/. 5.00 carpeta de tramite · S/. 5.00 certificado Calificacion : Automatica Autoridad que aprueba : Sub Gerencia de Participacion Ciudadana, con el visto MORDAZA del Gerente de Desarrollo Social y Humano. Apelacion : Gerencia Municipal IV.- Disposiciones Complementarias Primera.- Encarguese a la Sub Gerencia de Participacion Ciudadana, la tramitacion y expedicion de los certificados domiciliarios, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano. Segunda.- La Sub Gerencia de Participacion Ciudadana, bajo responsabilidad administrativa, llevara el control numerico de la emision de los certificados domiciliarios, cautelando que estos se emitan cumpliendo los requisitos y tramites y que especificamente para el caso se han aprobado. V.- Disposiciones Finales Primera.- El certificado domiciliario expedido por la Municipalidad, no podra expedirse duplicados de un mismo certificado domiciliario, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo Social y Humano. Articulo 2º.- Encargar, a la Gerencia de Secretaria General, para que a traves de la Oficina de Imagen Institucional, la presente ordenanza sea publicada

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA web de la Municipalidad Provincial de Canete. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1210083-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANQUITA
Autorizan viaje de MORDAZA y Regidor para participar en pasantia a realizarse en Ecuador
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2015-CM-MDB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANQUITA POR CUANTO; EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANQUITA; VISTOS: En sesion Extraordinaria de Concejo Municipal del dia jueves 05 de Marzo del 2015, se trato en el punto de la agenda sobre la Autorizacion de Viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Municipalidad Distrital de Barraquita, los dias del 10 al 17 del mes de marzo del 2015, a la cuidad de MORDAZA y MORDAZA ­ Ecuador para participar en la pasantia "Fortalecer las capacidades de Gestion en Gerencia de Desarrollo Economico Local y Conservacion Ambiental, para funcionarios Municipales de la Region San Martin". CONSIDERANDO: El Articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades que "Las municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia...".Asimismo el Articulo 9 inciso 11 del mismo texto legal, establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; El Articulo 10 inciso 10.1 literal a y c de la Ley 30281 Ley de Presupuesto del sector Publico para el ano fiscal 2015 establece en Medidas en materia de bienes y servicios; "prohibanse los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectuan en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru. C) Los titulares de los organismos constitucionalmente autonomos, los altos funcionarios y autoridades del estado y Dicta Otras Medidas y modificatorias; con excepcion de los Ministros de Estado cuyas autorizaciones se aprueban mediante resolucion suprema y los presidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores, cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo de concejo Regional o Concejo Municipal, segun corresponda; La Ley Nº 27619 regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre autorizaciones de viajes al exterior, y la autorizacion de viajes al exterior de la republica estrictamente necesarios, sera sustentando en el interes nacional o interes especifico de la institucion. Que habiendo recibo la invitacion de parte de la ONG Calidad de MORDAZA Internacional y del Ilustre Municipio de

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