Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2015 (15/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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El Peruano MORDAZA 15 de marzo de 2015

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representante del Ministerio ante el Directorio de EPS EMAPAT S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 064-2015-VIVIENDA MORDAZA, 12 de marzo de 2015 VISTOS, el Memorandum Nº 105-2015-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento - DGPRCS y el Informe Nº 039-2015-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Direccion de Saneamiento de la DGPRCS; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, tiene por objeto establecer medidas orientadas al incremento de la cobertura y al aseguramiento de la calidad y la sostenibilidad de los servicios de saneamiento a nivel nacional, promoviendo el desarrollo, la proteccion ambiental y la inclusion social; Que, mediante la citada Ley, se crea el Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, encargado de cautelar la ejecucion de la politica de dicho sector en materia de administracion para la prestacion de servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS, y cuenta en su estructura organica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, el Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece en su articulo 21, que el Directorio de las EPS municipales constituidas como sociedades anonimas este integrado, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y preve en su Unica Disposicion Complementaria Transitoria, que la designacion de los directores se MORDAZA teniendo en cuenta

los procedimientos y normas a que se refiere el ultimo parrafo del articulo 21 MORDAZA citado; Que, por Decreto Supremo N° 012-2014-VIVIENDA, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a continuar hasta su culminacion con el MORDAZA de designacion de sus representantes ante el Directorio de las EPS municipales constituidas como sociedades anonimas, a que se refiere la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anonima - EPS EMAPAT S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Ley N° 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0152013-VIVIENDA; y el Decreto Supremo Nº 012-2014VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata Sociedad Anonima - EPS EMAPAT S.A. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS y a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1211239-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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