Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2015 (17/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Martes 17 de marzo de 2015

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recursos presupuestales necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales, para el financiamiento y continuidad de las acciones en implementacion en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1153, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29.2 del articulo 29 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en virtud del cual, mediante Oficio N° 711-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud propone un proyecto de decreto supremo que autoriza la citada Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Que, de acuerdo a la informacion registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", el monto a transferir a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de DOSCIENTOS VEINTITRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 223 416 651,00); Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 131: Instituto Nacional de Salud, 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, 137: Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTITRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 223 416 651,00), para los fines indicados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 29.2 del articulo 29 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de DOSCIENTOS VEINTITRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 223 416 651,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 131: Instituto Nacional de Salud, 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, 137: Instituto de Gestion de Servicios de Salud y de los veinticinco (25) pliegos Gobiernos Regionales, destinada al financiamiento y continuidad de las acciones en implementacion en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1153, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS 5000001 : Planeamiento y Presupuesto 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administracion Central - MINSA

valorizacion priorizada por atencion primaria de salud y la valorizacion priorizada por atencion especializada para los profesionales de la salud y para el personal de la salud tecnico y auxiliar asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1153, respectivamente; Que, con Decreto Supremo N° 128-2014-EF, se aprobo, entre otros, el monto mensual de la valorizacion priorizada por atencion primaria de salud para los profesionales de la salud Quimico que prestan servicios en el MORDAZA asistencial de la salud, asi como para los tecnicos especializados de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos x; Que, mediante Decreto Supremo N° 222-2014-EF, se aprobo el monto de la valorizacion ajustada por puesto especializado o de dedicacion exclusiva en servicios de salud publica a la que hace referencia el literal c) del numeral 8.2 del articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153; Que, con Decreto Supremo N° 226-2014-EF se aprobo el monto de las valorizaciones priorizadas por MORDAZA alejada o de frontera, MORDAZA de emergencia y por atencion en servicios criticos, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1153; Que, mediante Decreto Supremo N° 260-2014EF se aprobaron los montos mensuales de las valorizaciones ajustadas por bonificaciones por Puestos de Responsabilidades Jefaturales de Departamento o Servicio y en Establecimientos de Salud I-3, I-4, Microrredes o Redes, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1153; Que, con Decreto Supremo N° 302-2014-EF, se modificaron los numerales 2 y 3 del Anexo I del Decreto Supremo N° 223-2013-EF, en lo que corresponde a la Valorizacion Priorizada por Atencion Primaria de Salud y la Valorizacion Priorizada por Atencion Especializada para los profesionales de la salud; asi como el Anexo del Decreto Supremo N° 286-2013-EF, en lo que corresponde a la Valorizacion Priorizada por Atencion Primaria de Salud para el personal de la salud tecnico y auxiliar asistencial; y, el numeral 1.2 del articulo 1 del Decreto Supremo N° 128-2014-EF correspondiente a la Valorizacion Priorizada por Atencion Primaria de Salud para el Quimico y Tecnico especializado de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos x; Que, mediante Decreto Supremo N° 342-2014-EF se aprobo el monto de la valorizacion priorizada por atencion especifica de soporte, para el personal de la salud tecnico o auxiliar asistencial de la salud conforme a lo dispuesto en el literal f) del numeral 8.3 del articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, incorporado mediante el articulo 1 de la Ley N° 30273; Que, en el numeral 29.2 del articulo 29 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de sus organismos publicos y los gobiernos regionales para el financiamiento y continuidad de las acciones de implementacion en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1153, las que se aprueban hasta el 30 de marzo de 2015, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este ultimo; Que, mediante Memorando Nº 0285-2015-OGGRH/ MINSA y el Informe N° 040-2015-EPP-OARH-OGGRH/ MINSA, respectivamente, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, sustenta los calculos de los montos a transferir en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1153, senalando que los mismos son conforme con la informacion que se encuentra registrada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Informe N° 056-2015-OGPP-OP/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud indica que cuenta con los

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