Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2015 (09/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 9 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

561003

Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 439-2014. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1285054-4

Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 043-95, solicitada por ELECTROCENTRO S.A., a fin de modificar la Cláusula Tercera, los numerales 6.8, 6.9, 6.10, 6.11 e incorporar el numeral 6.12 de la Cláusula Sexta; así como los Anexos Nº 3, Nº 4 y Nº 7, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- La Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 043-95 aprobada en el artículo que antecede, comprende la ampliación de la zona de concesión que a continuación se señala, la cual está delimitada por las coordenadas UTM sistema PSAD56, que figura en el plano que obra en el Expediente:
ITEM Zona de Concesión 1 ZONA AUQUIMARCA Distrito Paucartambo Provincia Departamento Pasco Pasco Plano N° PC-01 (Esc. 1/10 000)

Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 043-95, solicitada por ELECTROCENTRO S.A., a fin de modificar la Cláusula Tercera, los numerales 6.8, 6.9, 6.10, 6.11 e incorporan el numeral 6.12 de la Cláusula Sexta; así como los Anexos Nº 3, Nº 4 y Nº 7
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2015-EM Lima, 8 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente N° 15007193, sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica, presentada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., inscrita en la Partida Nº 11000672 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Huancayo, con domicilio legal en el Jr. Amazonas N° 641, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 019-95EM, publicada el 27 de febrero de 1995, se otorgó a favor de ELECTROCENTRO S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Contrato de Concesión N° 043-95; Que, mediante la Carta Nº GR-1156-2014, presentada el 24 de noviembre de 2014 ingresada con registro N° 2451495, ELECTROCENTRO S.A., solicitó la modificación de la concesión definitiva de distribución de la zona Paucartambo, ubicada en el distrito de Paucartambo, provincia y departamento de Pasco, con la finalidad de ampliarla, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, ELECTROCENTRO S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, contando la solicitud con la opinión favorable a que se refiere el Informe N° 163-2015-DGEDCE, siendo procedente aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 043-95, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en nombre del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 043-95 y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 043-95. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al Concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1285054-5

Aprueban Segunda Modificación al Contrato de Concesión N° 408-2012, en los aspectos referidos a modificar la Cláusula Séptima y el Anexo N° 4, relacionada a la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Quitaracsa I S.E. Kiman Ayllu
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2015-EM Lima, 8 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente N° 14314712, sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Quitaracsa I ­ S.E. Kiman Ayllu, cuyo titular es ENERSUR S.A.; y la solicitud de la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 408-2012; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 011-2013EM, publicada el 02 de marzo de 2013, se otorgó a favor de ENERSUR S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. Quitaracsa I ­ S.E. Kiman Ayllu, ubicada en los distritos de Huallanca y Yuracmarca, provincia de Huaylas, departamento de

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