Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2016 (10/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de agosto de 2016 /

El Peruano

Folios: 06 Cargos Ocupados: 248 RED DE SALUD DE BAGUA Cargos Previstos: 205 Total: 453 Folios:11 HOSPITAL DE APOYO BAGUA "GUSTAVO Cargos Ocupados: 156 LANATTA LUJÁN" Cargos Previstos: 153 Total:309 Folios :27 Cargos Ocupados:207 RED DE SALUD UTCUBAMBA Cargos Previstos:488 Total: 695 Folios : 20 HOSPITAL DE APOYO I SANTIAGO APOSTOL Cargos Ocupados:81 UTCUBAMBA Cargos Previstos:281 Total:362

Organización y Funciones (ROF), de la Red de Salud Ambo y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4o de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del estado, tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un Estado con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados; Que, la Ley 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013, en las Disposiciones Complementarias Finales Centésima Vigésima Primera establece la creación de Unidades Ejecutoras, inciso j) Red de Salud de Ambo, Red de Salud de Puerto Inca, en el Pliego Gobierno Regional de Huánuco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, de fecha 26 de julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el Titulo III Aprobación del ROF.- Art. 28º De la Necesidad de aprobar el ROF, incisos a) La creación de una nueva entidad y c) Por efecto de la transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Informe Nº 191-2016-GRH/GRPPAT, recepcionado en fecha 12 de mayo del 2016, la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General del Gobierno Regional Huánuco, el Informe Técnico para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Red de Salud Ambo, sustentando en el Informe Nº 003-2016-GRH-GRPPAT/SGDIS/GACB de fecha 10 de mayo del 2016, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud Ambo - Unidad Ejecutora ­ Salud Ambo, instrumento de gestión adecuado y modificado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; asimismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, mediante Informe Nº 595-2016-GRH/GGR/ ORAJ, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable con respecto a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Red de Salud Ambo; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento

Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Amazonas disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional y la emisión del acto administrativo correspondiente. Artículo Tercero.- ESTABLECER, en cuanto que las plazas previstas en los CAP-P de de la Dirección Regional de Salud Amazonas, Redes y Hospitales descritas en la presente Ordenanza Regional, pasen a ser ocupadas. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Amazonas Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 08 días del mes de junio del año 2015. MILAGRITOS LILIANA, ZURITA MEJÍA Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 19 días de julio del 2016 GIMMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1413120-1

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Red de Salud - Ambo
ORDENANZA REGIONAL Nº 048-2016-CR-GRH Huanuco, 17 de junio de 2016 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional Huánuco, celebrada en la Provincia de Huánuco el día 03 de junio del año dos mil dieciséis, el Dictamen Nº 011-2016-GRHCO-CR/CPPPAT-AL, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación del Reglamento de

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