Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2016 (01/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 1 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
DIA HORA 10:00 19-01-2017 11:00 15:00 20-01-2017 23-01-2017 10:00 14:00 10:00 MINISTERIO DE SALUD ENTIDAD MINISTERIO DE EDUCACIÓN

605487

Aprueban Cronograma de Conciliación de Desembolsos al 31 de diciembre del 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 044-2016-EF/52.03 Lima, 29 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, las entidades o Unidades Ejecutoras están obligadas, bajo responsabilidad, a conciliar con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP), al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año fiscal, el monto total de los desembolsos provenientes de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecución está a su cargo; Que, asimismo, mediante el literal a) del artículo 17 de la Directiva de Desembolsos de las Operaciones de Endeudamiento y Administración de Deuda, aprobada por Resolución Directoral N° 21-2006-EF/75.01, se establece que la DGETP emite una resolución directoral para convocar a las Unidades Ejecutoras a realizar dicha conciliación de acuerdo a un cronograma establecido, por lo que resulta necesario aprobar dicho cronograma para la conciliación de los citados desembolsos al 31 de diciembre del 2016; De conformidad con el literal g) del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, el numeral 2 del artículo 47 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el literal i) del artículo 96 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N°1172014-EF, y estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese el Cronograma de Conciliación de Desembolsos al 31 de diciembre del 2016, el mismo que forma parte de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO BLANCO CÁCERES Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público ANEXO CRONOGRAMA DE CONCILIACIÓN DE DESEMBOLSOS DE OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO EFECTUADOS AL 31-12- 2016
DIA HORA 10:00 10:30 16-01-2017 11:00 12:00 14:00 10:00 17-01-2017 14:00 15:00 10:00 18-01-2017 12:00 15:00 ENTIDAD MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DEL AMBIENTE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PODER JUDICIAL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE SANEAMIENTO VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT) MINISTERIO DE DEFENSA GOBIERNOS LOCALES GOBIERNOS REGIONALES

1459375-1

Designan representante del Banco Central de Reserva del Perú - BCRP ante el Consejo Normativo de Contabilidad
RESOLUCIÓN Nº 003-2016-EF/30 Lima, 26 de noviembre de 2016 VISTO: La Carta N° 076-2016-BCRP del 08 de noviembre de 2016 del Banco Central de Reserva del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28708 ­ Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad señala como conformantes del Sistema Nacional de Contabilidad a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, el Consejo Normativo de Contabilidad; las oficinas de Contabilidad o quien haga sus veces para las personas jurídicas de derecho público y de las entidades del sector público, y a las oficinas de contabilidad, o quien haga sus veces para las personas naturales o jurídicas del sector privado; Que, el artículo 8º de la precitada norma legal señala que el Consejo Normativo de Contabilidad es integrado por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Banco Central de Reserva del Perú, Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (hoy Superintendencia del Mercado de Valores), Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Instituto Nacional de Estadística e Informática, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País a propuesta de la Asamblea Nacional de Rectores (hoy Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria) y de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 28708, cada una de las entidades conformantes del Consejo Normativo de Contabilidad, propondrá, ante el Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad, una terna de profesionales, entre los cuales se designará a su representante por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser designado por otro periodo igual, a propuesta de la entidad correspondiente, Que, los profesionales propuestos por el Banco Central de Reserva del Perú ­ BCRP en la terna correspondiente, han sido evaluados conforme a lo establecido en el Reglamento de Evaluación de Candidatos al Consejo Normativo de Contabilidad aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 031-89-EF/93.08.2; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º inciso b) de la Ley Nº 28708 ­ Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representante del Banco Central de Reserva del Perú ­ BCRP ante el Consejo Normativo de Contabilidad, por un periodo de tres (3) años al señor CPC. Guillermo Tulio Powzen Reaño. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ARTURO PAJUELO RAMÍREZ Presidente Consejo Normativo de Contabilidad 1459376-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.