Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2016 (11/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 11 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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extraordinaria del 29 de mayo de 2015, tal como se verifica a fojas 203 de autos, de esta manera, se le incorporó en el procedimiento de vacancia iniciado por Junior Antony Aponte Osorio. En dicha sesión extraordinaria (fojas 206 a 213 del Expediente Nº J-2015-00095-T01), los miembros del concejo distrital, por mayoría, declararon infundada la solicitud de vacancia presentada contra Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, en consecuencia, se procedió a emitir el Acuerdo de Concejo Nº 078-2015-MDH (fojas 214 a 220 del Expediente Nº J-2015-00095-T01). El recurso de reconsideración y el pronunciamiento del Concejo Distrital de Huaura El 19 de junio de 2015, Junior Aponte Osorio y Emiliano Edilberto Morales Barrera interpusieron recurso de reconsideración (fojas 221 a 223 del Expediente Nº J-2015-00095-T01) en contra de la decisión adoptada en la sesión extraordinaria del 29 de mayo de 2015. En el citado medio impugnatorio, se señaló lo siguiente: a) El pleno municipal indicó que los recurrentes no habían adjuntado medios probatorios que acrediten el grado de parentesco entre el alcalde distrital y David Smith Carlos Inocente; sin embargo, no consideraron que en la solicitud de vacancia se solicitó que el concejo municipal oficie al área del registro civil de la entidad edil a fin de que se remita la partida de nacimiento del burgomaestre. b) Las áreas que remitieron los informes están bajo la subordinación del alcalde distrital, por consiguiente, estos "están dolosamente manejados y direccionados para cubrir o desaparecer pruebas de la causal de nepotismo". c) El concejo municipal en la sesión extraordinaria hizo mención al Memorándum Nº 713-2015-GM/ MDH, mediante el cual se requirió al área de Logística y Tesorería de la comuna edil la devolución del pago realizado a David Smith Carlos Inocente, así también, se refiere a la anulación de la orden de servicio; sin embargo, era obligación del pleno municipal solicitar dicha orden y con ello acreditar que existió una contratación. d) El hecho de anular un contrato o devolver el monto cobrado no invalida la acción y la causal de nepotismo, todo lo contrario, se acredita que todo el procedimiento para cobrar el cheque estuvo orientado a ello. e) La actitud del alcalde de señalar que la contratación de su sobrino fue un error y de ordenar las medidas disciplinarias en contra de los funcionarios a su mando, incluso la de interponer denuncia penal, abona a la tesis de querer evadir su responsabilidad, más si se tiene en cuenta que el burgomaestre ya tenía conocimiento de dicha contratación a través de los medios de comunicación. f) Resulta "vergonzoso" que el concejo municipal no haya tomado en cuenta el video y las fotografías en las que figuran las declaraciones de David Smith Carlos Inocente. Dicho medio impugnatorio fue resuelto en la sesión extraordinaria del 18 de setiembre de 2015 (fojas 30 a 37), en la que los miembros del concejo distrital declararon, por mayoría, improcedente el recurso de reconsideración. La citada decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 129-2015-MDH. El recurso de apelación El 9 de octubre de 2015, Junior Aponte Osorio y Emiliano Morales Barrera, de manera independiente, interpusieron recursos de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 129-2015-MDH. En ambos documentos los solicitantes de la vacancia reiteran que el alcalde incurrió en la causal de nepotismo al haber contratado en la entidad edil a su sobrino David Smith Carlos Inocente. El pronunciamiento del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones El recurso de apelación interpuesto por Junior Aponte Osorio y Emiliano Morales Barrera contra el Acuerdo

de Concejo Nº 129-2015-MDH dio origen al Expediente Nº J-2015-00095-A01. En el citado expediente, este Supremo Tribunal Electoral emitió la Resolución Nº 03582015-JNE, del 15 de diciembre de 2015. En dicha resolución, se declaró nulo el Acuerdo de Concejo Nº 129-2015-MDH, y se devolvieron los actuados al Concejo Distrital de Huaura, a fin de que se emita un nuevo pronunciamiento. Los argumentos esbozados en la citada resolución fueron los siguientes: a) Con relación al primer requisito de la causal de nepotismo, se acreditó de los documentos obrantes en el expediente, la relación de parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad entre el alcalde distrital Justiniano Pedro Valencia Pantoja y David Smith Carlos Inocente. b) Con relación a la relación laboral, civil o de otra naturaleza entre David Smith Carlos Inocente y la municipalidad distrital, se estableció que pese a la existencia de los informes emitidos por diversas áreas de la entidad edil, en la que dan cuenta de la existencia de un error al momento de su contratación y de girar el cheque a su nombre, se constató que el concejo municipal no adjuntó documentos necesarios para emitir un pronunciamiento conforme a ley, por ello, declaró nulo el acuerdo de concejo a efectos de que se adjunten los siguientes documentos: - Requerimiento efectuado por el área de la entidad municipal que dio origen a la Orden de Servicio Nº 001642015. - Orden de Servicio Nº 00164-2015. - Documentación relacionada con la conformidad de servicios y otros documentos que dieron origen a la emisión del cheque a favor de David Smith Carlos Inocente. - Cheque Nº 87620929 girado a nombre de David Smith Carlos Inocente. - Documento mediante el cual David Smith Carlos Inocente devolvió la suma entregada en mérito al cheque Nº 87620929, así como los informes emitidos dando conformidad a dicha devolución. - Informar documentadamente si la devolución efectuada por David Smith Carlos Inocente se realizó a través de transferencia bancaria y/o interbancaria, o si se emitieron cheques bancarios correspondientes, debiendo, en cualquiera de los casos, acreditarse fehacientemente. - Informar documentadamente si la devolución antes mencionada ingresó a las arcas de la Municipalidad Distrital de Huaura. c) También, se requirió al solicitante de la vacancia, Junior Antony Aponte Osorio, copias certificadas del Memorando Nº 1121-2015-EF/44, así como del Informe Nº 273-2015-EF/44.03, y del Informe Nº 031-2015-OGTIOSI-AC, remitidos por la Oficina General de Tecnologías del Ministerio de Economía y Finanzas con relación a la información que apareció en el portal de transparencia con relación a David Smith Carlos Inocente. Con relación al nuevo pronunciamiento del Concejo Distrital de Huaura En la sesión extraordinaria del 28 de enero de 2016 (fojas 322 a 325), los miembros del Concejo Distrital de Huaura, por mayoría, declararon infundada la solicitud de vacancia presentada por Emiliano Edilberto Morales Barrera y Junior Antony Aponte Osorio. Dicha decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo Nº 010-2016-MDH (fojas 326 a 328). El recurso de apelación interpuesto por Junior Antony Aponte Osorio El recurrente con fecha 18 de febrero de 2016 interpuso recurso de apelación (fojas 557 a 563) contra el Acuerdo de Concejo Nº 010-2016-MDH, bajo los siguientes argumentos: a) Solicita que se declare fundado el recurso de apelación, al encontrarse acreditado que el alcalde distrital

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