Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2016 (18/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Martes 18 de octubre de 2016 /

El Peruano

priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, para lograr un Estado al servicio de la ciudadanía; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº27444, establece en su Artículo 76º, el criterio de colaboración entre entidades públicas, las que deben proporcionar directamente los datos e información que posean, sea cual fuere su naturaleza jurídica o posición institucional, a través de cualquier medio, sin más limitación que la establecida por la Constitución o la ley, para lo cual se propenderá a la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información, u otros medios similares; Que, el Decreto Supremo Nº 133-2013-PCM, mediante el cual se establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública, en su artículo 4º establece que, para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, las entidades de la Administración Pública deberán generar los servicios web que permitan la transferencia de datos espaciales o alojarlos en sus páginas web, enlaces (links) de descarga de las capas de información cuya administración es de su competencia y promover la implementación de sus Infraestructuras de Datos Espaciales como medio fundamental para compartir e intercambiar información espacial mediante servicios web interoperables; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, la Resolución Ministerial Nº 381-2008-PCM, que aprueba los lineamientos y mecanismos para implementar la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información entre las entidades del Estado, contenidos en el documento técnico "Estándares y Especificaciones de Interoperabilidad del Estado Peruano"; Que, la Resolución Ministerial Nº 241-2014-PCM, que Aprueba Directiva Nº 001-2014-PCM/ONGEI, "Directiva sobre Estándares de Servicios Web de Información Georreferenciada para el Intercambio de Datos entre Entidades de la Administración Pública", establece que las

entidades de la Administración Pública que administran bases de datos georreferenciadas (productoras o centralizadoras de información), deberán promover la implementación gradual y coordinada de servicios interoperables de información georreferenciada, para proporcionar a los usuarios el acceso a los datos a través del uso de servicios y publicación de mapas en web que forman parte de la red; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2014-GRLCR, el Gobierno Regional de Loreto declara de interés regional y de prioridad, el proceso de ordenar, estandarizar y actualizar la Información Espacial o Georreferenciada del Departamento de Loreto, mediante la implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales Regional, con el objetivo de modernizar la gestión pública regional y mejorar el acceso e intercambio de la información. Dicha norma establece además que la plataforma de la Infraestructura de Datos Espaciales Regional es el medio oficial para compartir e intercambiar información espacial que genera el Gobierno Regional de Loreto, en concordancia con la normativa vigente en esta materia; Que, el Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales del Gobierno Regional de Loreto está basado en el Sistema de Gestión de Contenidos de Wordpress, cuyo diseño permite un fácil uso, así como su actualización y mejora constante mediante el desarrollo de complementos (plugins, por sus siglas en inglés), combina la estética, los estándares web y la facilidad de uso para optimizar la administración del sitio web y su distribución entre los diferentes usuarios a través de los diferentes navegadores; Que, de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 2412014-PCM, el Geoportal de la Infraestructura de Datos Espaciales del Gobierno Regional de Loreto clasifica sus servicios de información geoespacial en servicios mínimos, como son el catálogo de servicios web, el visor de información espacial y el catálogo de metadatos, y en servicios opcionales al catálogo de coberturas, al catálogo de mapas y el servicio web de procesamiento; Que, con Ordenanza Regional Nº 014-2015-GRLCR, aprueba el "Plan de Desarrollo Regional Concertado Loreto al 2021", en el cual se establece la implementación

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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