Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2016 (29/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 29 de octubre de 2016
Viáticos Importe US$ 370.00 X Días 5 X Pers. 2 =

NORMAS LEGALES
Total US$ 3,700.00

602993

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1447950-9

Autorizan viaje de cadetes de la Escuela de Oficiales y de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Panamá, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 376-2016-IN Lima, 28 de octubre de 2016 VISTOS: el Oficio Nº 699-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC., de fecha 17 de junio de 2016, de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y, el Memorándum Nº 3132-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINTDIVBEC, de fecha 05 de octubre de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 699-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC., de fecha 17 de junio de 2016, la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, comunica a la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú que el Director Nacional de Docencia de la Policía Nacional de Panamá, acepta que Cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, realicen una pasantía en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional de Panamá "Doctor Justo Arosemena", con el propósito de que reciban capacitación en asuntos de función policial; Que, con Oficio Nº 107-2016-DIREED-PNP/EOPNP/EM, de fecha 24 de setiembre de 2016, la Dirección de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú remite el Informe Nº 046-2016-DIREED-PNP/EOEM, de fecha 24 de setiembre de 2016, que propone que Cadetes del 5º Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, viajen en misión de estudios a la ciudad de Panamá, República de Panamá, con la finalidad de que reciban capacitación en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional "Doctor Justo Arosemena" de la República de Panamá, y adquirieran experiencias nuevas para el mejor desempeño de la función policial, consolidando su formación en las áreas de inteligencia, investigación criminal, prevención de delitos y faltas, lo cual redundará en beneficio de la ciudadanía;

Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 335-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 29 de setiembre de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, proponga el viaje al exterior en misión de estudios, del 1 al 5 de noviembre de 2016, de Ochenta y seis (86) Cadetes del 5º Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, para que participen en una pasantía en la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional de Panamá "Doctor Justo Arosemena", ubicada en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 2 al 5 de noviembre de 2016, los mismos que son acompañados por tres (3) Oficiales Instructores de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú y el Director Ejecutivo de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 3132-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 5 de octubre de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, aprueba la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irroga gastos al Estado; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento académico indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora Nº 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que el alojamiento de los Cadetes son asumidos por la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional "Doctor Justo Arosemena", de la República de Panamá, conforme se precisa en la carta DGPN/DIDOC-1391-16, de fecha 6 de octubre de 2016; Que, conforme se desprende de la carta DGPN/ DIDOC-1391-16, de fecha 6 de octubre de 2016 y el Informe Nº 050-2016-DIREED PNP/EO-PNP/EM, de fecha 14 de octubre de 2016, para el caso de los cadetes de Quinto Año que participarán de la misión de estudios se cuenta con el apoyo de alojamiento por parte de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional "Doctor Justo Arosemena" de la República de Panamá, por lo que conforme a la normativa del Sector Interior, corresponde el otorgamiento del 40% como porcentaje máximo del total de viáticos, lo que no incluye a los tres (3) Oficiales Instructores de la referida escuela ni al Director Ejecutivo de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú, a quienes no se les brindará dicha facilidad; Que, el numeral 3 del artículo 13º de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, asimismo el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009; establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad misión de estudios; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;

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