Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2017 (21/12/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 69
El Peruano / Jueves 21 de diciembre de 2017
NORMAS LEGALES
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al señor Miguel Piovesan en el registro respectivo y le extienda el Título de Nacionalidad correspondiente. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1599663-11 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2017-IN Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTOS; la solicitud presentada con fecha 10 de octubre de 2017, por el ciudadano croata Drago Balvanovic, peticionando otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalización; el Informe N° 75-2017-MIGRACIONESSM-IN-N, de fecha 14 de noviembre de 2017, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; el Oficio N° 2502-2017-SM-MIGRACIONES, de fecha 15 de noviembre de 2017, de la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES; y, el Informe N° 2099-2017/IN/OGAJ, de fecha 07 de diciembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130, se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, entidad que asume las funciones y competencias de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior DIGEMIN, dentro de las cuales se encuentra otorgar registro de nacionalidad peruana por nacimiento y opción; así como títulos de naturalización y doble nacionalidad, concordante con el literal t. del artículo 3° del Reglamento de Organización y funciones de MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; Que, mediante el expediente administrativo Nº LM170385358, la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, ha tramitado la solicitud del señor Drago Balvanovic, ciudadano de nacionalidad croata, quien peticiona se le conceda la Nacionalidad Peruana por Naturalización; Que, con Informe N° 75-2017-MIGRACIONES-SMIN-N, de fecha 14 de noviembre de 2017, la Gerencia de Servicios Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, recomienda solicitar opinión legal para determinar la viabilidad del otorgamiento de la Nacionalidad Peruana por Naturalización solicitada por el ciudadano de nacionalidad croata Drago Balvanovic; Que, mediante Informe N° 000556-2017-AJMIGRACIONES, de fecha 15 de noviembre de 2017, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, opina que resulta legalmente viable otorgar la nacionalidad peruana por naturalización solicitada por el ciudadano de la República de Croacia Drago Balvanovic; Que, el artículo 6° de la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad, establece que la naturalización es aprobada o cancelada, según, corresponda, mediante Resolución Suprema; Con el visado de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52° de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES; el Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar la Nacionalidad Peruana por Naturalización al señor Drago Balvanovic, en atención a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, inscriba al señor Drago Balvanovic en el registro respectivo y le extienda el Título de Nacionalidad correspondiente. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1599663-12
Pasan a la situación de retiro a Generales de Armas y de Servicios de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2017-IN Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTO, la propuesta de pase a la situación de retiro por la causal de renovación de cuadros por proceso regular formulada por el Señor General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú y el Acta Individual Nº 009-2017-DIRGEN PNP/CC formulada por el Consejo de Calificación, correspondiente al General de Armas de la Policía Nacional del Perú Tito Concepción PEREZ ARRASCUE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 167° de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú y el artículo 168° señala que las leyes y reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo; y, norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, prescribe que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les están conferidas; Que, el artículo 9º del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, estipula que la Dirección General es el órgano de comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú; concordante con el artículo 7º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0262017-IN; Que, el artículo 86° del Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, precisa que la renovación de cuadros por proceso regular se aplica en base a criterios técnicos como los requerimientos de efectivos de la Policía Nacional del Perú; el número de vacantes asignadas para el proceso de ascenso; el número de efectivos fijados anualmente por el Poder Ejecutivo que