Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 2 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
CCI RUC Pliego 448 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria Cuenta Corriente CCI RUC Pliego 459 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria Cuenta Corriente CCI RUC Pliego 461 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria RUC : N° 018-421-00042101088982 : N° 20486020882 : : : : : : : : : : : : : : : : : : : Gobierno Regional de Huánuco N° 001 Sede Central N° 0804 Banco de la Nación N° 00-481-034191 N° 018-481000481034191-29 N° 20489250731

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Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Puno, Pasco, Ucayali, Huancavelica, Huánuco, San Martín y Tumbes; Con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, con el visto bueno del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Directora General de la Oficina General Administración y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de recursos directamente recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Puno, Pasco, Ucayali, Huancavelica, Huánuco, San Martín y Tumbes. Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Puno, Pasco, Ucayali, Huancavelica, Huánuco, San Martín y Tumbes para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas encargadas de ejercer las competencias en materia minero ­ energéticas, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 2.4.1.3.1.2 : Donaciones y Transferencias : Otras Unidades del Gobierno Regional S/.700 000.00

100 000,00

Gobierno Regional de San Martín 100 000,00 N° 003 Región San Martín ­ Pesquería N° 0923 Banco de la Nación N° 00-531- 016475 N° 018-531000531016475-40 N° 20488841301 Gobierno Regional de Tumbes N° 001 Sede Central N° 0936 Banco de la Nación N° 20484003883 100 000,00

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Puno, Pasco, Ucayali, Huancavelica, Huánuco, San Martín y Tumbes correspondiente al año 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1480260-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público Especializado en materia Constitucional
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2017-JUS Lima, 1 de febrero de 2017 VISTO, el Oficio N° 5019-2016-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 47 establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece la atribución y obligación del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, de proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, establece que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado evalúa y propone al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo, quienes son designados mediante Resolución Suprema con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Ministro del sector correspondiente;

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se efectúa según el siguiente detalle:
AL: Pliego 458 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria Cuenta Corriente CCI RUC Pliego 456 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria RUC Pliego 462 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria RUC Pliego 447 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Entidad Bancaria Cuenta Corriente : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : : Gobierno Regional de Puno N° 001 Sede Central N° 0902 Banco de la Nación N° 701- 046846 N° 018 -701000701046846-35 N° 20406325815 Gobierno Regional de Pasco N° 001 Sede Central N° 0885 Banco de la Nación N° 20489252270 Gobierno Regional de Ucayali N° 001 Sede Central N° 0942 Banco de la Nación N° 20393066386 (En Soles) 100 000,00

100 000,00

100 000,00

Gobierno Regional de Huancavelica 100 000,00 N° 001 Sede Central N° 0799 N° Banco de la Nación N° 00-421-015023

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