Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2017 (10/03/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

80

NORMAS LEGALES

Viernes 10 de marzo de 2017 /

El Peruano

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de marzo de 2017, con el quórum reglamentario de los Señores Regidores, se trató el Dictamen Nº 007-2017-CPF/ MDSMP de la Comisión de Planificación y Finanzas, sobre el proyecto de Ordenanza que convoca a la celebración de matrimonios civiles comunitarios; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 74º de la Constitución Política del Perú, numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, con motivo del 67º Aniversario de la Creación Política del Distrito de San Martin de Porres, próximo 22 de mayo de 2017, así como la celebración del día de la familia, acontecimiento a realizarse el día 09 de setiembre del año en curso, la institución municipal viene programando diversas actividades cívicas en conmemoración de tan significativas fechas; Que, siendo una de las actividades de gran importancia la celebración del matrimonio comunitario, cuyo objetivo es regularizar la situación de convivencia de muchos vecinos sanmartinianos, brindándoles las máximas facilidades del caso; En uso de las facultades conferidas por el numeral 9º del artículo 9º de Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 133-2013 EF y sus normas modificatorias, con el voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE CONVOCA A LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS Artículo Primero.- CONVOCAR la celebración de matrimonios civiles comunitarios, en las fechas y motivos que se indican a continuación: 1.- Matrimonio Comunitario: 06/05/2017, Aniversario del Distrito. 2.- Matrimonio Comunitario: 09/09/2017, Día de la Familia. Artículo Segundo.- DISPONER que los requisitos y derechos establecidos en el TUPA para contraer matrimonio civil, aplicable solo a los matrimonios civiles comunitarios, materia de la presente Ordenanza, son los siguientes: - Partidas de Nacimiento, actualizada de los contrayentes. - DNI originales y copia de los contrayentes, autenticadas por el fedatario municipal. - Declaración Jurada de (02) dos testigos (no familiares) respecto al Estado Civil de los contrayentes acompañando copia del Documento de Identidad, autenticada por el Fedatario Municipal. - Declaración jurada de domicilio; Estado Civil de los contrayentes y recibo de luz o agua. - Certificado Médico Pre Nupcial y Consejería de SIDA, expedido en fecha no anterior a treinta días. - En caso de menores, divorciados, viudos, naturalizados y/o extranjeros, adjuntar los requisitos exigidos por Ley. - Pago único de Treintaidos Nuevos Soles (S/.32.00). Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dispense de la publicación de los edictos matrimoniales a los contrayentes de los matrimonios y dicte las normas complementarias

y/o reglamentarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, a la Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la efectiva difusión de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Subgerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1494546-1

Modifican Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Esctructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 431-MDSMP San Martín de Porres, 6 marzo de 2017 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: En sesión ordinaria de Concejo de fecha 06 de marzo de 2017, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató el Dictamen Nº 0082017-CPF/MDSMP, de la Comisión de Planificación y Finanzas, sobre el Proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º, modificado por la Leyes Nº 28607, Nº 30305, dispone que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, en concordancia con el Artículo IIº del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252 ­ se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y se Deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, que tiene por finalidad orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, en el artículo 7º numeral 7.2, artículo 8º y artículo 9º del Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, señala las funciones de la Oficina de Programación Multianual de inversiones (OPMI), las unidades formuladoras y las unidades ejecutoras de inversiones; Que, mediante Ordenanza Nº 387-MDSMP, modificada por la Ordenanza Nº 410-MDSMP y la Ordenanza Nº 415-MDSMP, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ROF y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.