Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2017 (26/03/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 8
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NORMAS LEGALES
Pasajes Lima - Ciudad de Asunción (República del Paraguay) - Lima: US$ 1,013.82 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,013.82 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 4 días Total: US$ 1,480.00 US$ 2,493.82
Domingo 26 de marzo de 2017 /
El Peruano
por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, se aprobó la exclusión del Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas", conforme a lo solicitado por el Ministerio de Energía y Minas mediante Oficio Nº 004-2017-MEM-VME; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar el Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 745-1-2017-CPC de fecha 7 de febrero de 2017, adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, mediante el cual se aprobó la exclusión del Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas." Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1501641-2
Artículo 3.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los Quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1501298-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que aprobó la exclusión del Proceso de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2017-EF Lima, 24 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 046-2014-EF se ratificó el Acuerdo Nº 567-1-2013-CPC de fecha 19 de diciembre de 2013, así como su modificatoria aprobada por Acuerdo Nº 602-1-2014-DPI de fecha 2 de junio de 2014, ambos adoptados por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, a través del cual se incorporó al Proceso de Promoción de la Inversión Privada el Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas" bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674 y sus normas reglamentarias, complementarias, modificatorias y conexas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 073-2014-EF se ratificaron los Acuerdos Nº 570-3-2014-CPC de fecha 16 de enero de 2014 y Nº 634-5-2014-CPC de fecha 13 de octubre de 2014, mediante los cuales se aprobó y modificó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"; Que, mediante Oficio Nº 004-2017-MEM-VME del 10 de enero de 2017, el Ministerio de Energía y Minas, solicitó a PROINVERSIÓN disponer el inicio de las acciones que sean necesarias a fin de cancelar el proceso de promoción, en relación a la Licitación Pública Internacional del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"; Que, mediante Acuerdo Comité PRO CONECTIVIDAD de fecha 24 de enero de 2017, adoptado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD, se aprobó la cancelación de la Licitación Pública Internacional del Proyecto "Suministro de Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas"; Que, mediante Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 7451-2017-CPC de fecha 7 de febrero de 2017, adoptado
Autorizan viaje de funcionario a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2017-EF/43 Lima, 24 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, del 30 de marzo al 2 de abril de 2017, se llevará a cabo la Reunión Anual de las Asambleas de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo BID y de la Corporación Interamericana de Inversiones (CII)2017, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay; Que, la mencionada reunión constituye un foro de debate entre los Gobernadores de las referidas instituciones y congrega no sólo a las principales autoridades del Sector Público de los países miembros, sino también de otros países de Europa y Asia, así como la participación de autoridades de otras instituciones multilaterales, representantes de agencias para el desarrollo, banqueros y líderes empresariales; por lo que, con ocasión de dicha reunión anual se organizan talleres o foros de discusión y análisis del desarrollo político, económico y social, fundamentalmente de América Latina y el Caribe, y sobre el desarrollo económico mundial; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación del señor José Andrés Olivares Canchari, Director de la Dirección de Gestión de Mercados Financieros de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la citada reunión, en calidad de Gobernador Alterno Temporal ante los citados organismos financieros multilaterales; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;