Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2018 (09/01/2018)
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NORMAS LEGALES
Martes 9 de enero de 2018 /
El Peruano
Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 028-2010GRU/CR de fecha 10 de enero de 2011, se aprueba la Estructura Orgánica y las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones ROF, de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali. Que, el Consejo Regional de Ucayali tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo descrito en el artículo 35º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, se ha tenido en cuenta los criterios técnicos de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que mediante Informe Legal Nº 045-2017-GRUGGR-ORAJ/TTC, de fecha 01 de junio de 2017, el Asesor Legal Abog. Telesforo Trujillo Caico recomienda remitir la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali al Consejo Regional para su aprobación; Que, mediante el oficio Nº 0411-2017-GRU-GR, de fecha 01 de junio del 2017, la Gobernación Regional de Ucayali, remite al Consejo Regional, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali; Que, con INFORME LEGAL Nº 015-2017-GRU-CR/ WGM, de fecha 04 de julio de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez Abogado IV del Consejo Regional, opina declarar procedente la propuesta de modificación del ROF, de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante Dictamen Nº 013-2017-GRU-CRCPPyAT, de fecha 04 de julio de 2017 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, dictaminó aprobar las modificaciones del Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF, de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha seis de julio de
dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, cuyo documento de Gestión Institucional consta de seis (06) Títulos, nueve (09) Capítulos, noventa y cinco (95) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Transitorias Finales, y, como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, a través de la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali y la presente Ordenanza Regional que lo aprueba, en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR a Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 028-2010-GRU/CR. Artículo Quinto.-DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali. gob) y de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los seis días del mes de julio de dos mil diecisiete LUIS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintiséis días del mes de julio de dos mil diecisiete. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1603956-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Establecen régimen de beneficios Tributarios y administrativos a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 000235/MDSA Santa Anita, 29 de diciembre de 2017