Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2018 (09/01/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

50

NORMAS LEGALES

Martes 9 de enero de 2018 /

El Peruano

Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 028-2010GRU/CR de fecha 10 de enero de 2011, se aprueba la Estructura Orgánica y las funciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali. Que, el Consejo Regional de Ucayali tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo descrito en el artículo 35º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional; del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Instituciones Públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, para realizar las actualizaciones y/o modificaciones correspondientes, se ha tenido en cuenta los criterios técnicos de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que mediante Informe Legal Nº 045-2017-GRUGGR-ORAJ/TTC, de fecha 01 de junio de 2017, el Asesor Legal Abog. Telesforo Trujillo Caico recomienda remitir la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali al Consejo Regional para su aprobación; Que, mediante el oficio Nº 0411-2017-GRU-GR, de fecha 01 de junio del 2017, la Gobernación Regional de Ucayali, remite al Consejo Regional, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali; Que, con INFORME LEGAL Nº 015-2017-GRU-CR/ WGM, de fecha 04 de julio de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez ­ Abogado IV del Consejo Regional, opina declarar procedente la propuesta de modificación del ROF, de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante Dictamen Nº 013-2017-GRU-CRCPPyAT, de fecha 04 de julio de 2017 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, dictaminó aprobar las modificaciones del Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF, de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha seis de julio de

dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, cuyo documento de Gestión Institucional consta de seis (06) Títulos, nueve (09) Capítulos, noventa y cinco (95) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias y Transitorias Finales, y, como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, a través de la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali y la presente Ordenanza Regional que lo aprueba, en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR a Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 028-2010-GRU/CR. Artículo Quinto.-DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali. gob) y de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano.gob.pe, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los seis días del mes de julio de dos mil diecisiete LUIS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los veintiséis días del mes de julio de dos mil diecisiete. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1603956-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Establecen régimen de beneficios Tributarios y administrativos a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 000235/MDSA Santa Anita, 29 de diciembre de 2017

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.