Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2018 (12/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de enero de 2018 /

El Peruano

Comercial Internacional tiene como función establecer y supervisar la estrategia de defensa de los intereses del Estado ante la Secretaria General y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, ejerciendo la defensa de los mismos; Que, en el marco del Segundo Procedimiento Sumario, el día 18 de enero de 2018, se realizará la Audiencia Pública ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a fin de verificar el cumplimiento de la sentencia recaída en el Proceso de Acción de Incumplimiento 118-AI-2003, seguido ante el referido Tribunal; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Directora General de Gestión Jurídica Comercial Internacional y del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, profesional que presta servicios en la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la audiencia pública antes mencionada, dado el interés que tiene el Perú en dicho proceso; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2018, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República de Ecuador, 17 al 19 de enero de 2018, de la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Directora General de Gestión Jurídica Comercial Internacional y del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, profesional de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participen en la audiencia pública del segundo procedimiento sumario a llevarse a cabo en la sede del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US $ 884,33 x 2 personas) : US $ Viáticos (US $ 370,00 x 02 días x 2 personas) : US $ 1 768,66 1 480,00

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2018-MINCETUR Lima, 10 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y el turismo, y de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias, y promueve, orienta y regula la actividad turística con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 53-L del reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias, la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional tiene como función establecer y supervisar la estrategia de defensa de los intereses del Estado ante la Secretaria General y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, ejerciendo la defensa de los mismos; Que, el 14 de diciembre de 2016, el Gobierno del Perú interpuso una demanda ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina con la finalidad que declare la nulidad de las Resoluciones Nros. 1753, 1773 y 1862 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; Que, con fecha 12 de setiembre de 2017, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina admitió a trámite dicha demanda y mediante el Oficio Nº 842-2017-S-TJCA-2017 comunicó, entre otros, que el día 25 de enero de 2018 se realizaría la audiencia pública del referido proceso de acción de nulidad en la sede del citado Tribunal, ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, profesional que presta servicios en la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la audiencia pública antes mencionada, dado el interés jurídico sustancial que tiene el Perú en dicho proceso como parte demandante; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2018, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República de Ecuador, 24 al 25 de enero de 2018, del señor Carlos Javier Rabanal Sobrino, profesional de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participen en la audiencia pública del proceso de acción de nulidad a llevarse a cabo en la sede del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ Viáticos (US $ 370,00 x 02 días) : US $ 632,99 740,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar al señor Francisco José Ruíz Zamudio, Director General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, las funciones de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Viceministerio de Comercio Exterior, a partir del 17 de enero de 2018, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1605386-2

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