Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2018 (20/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 20 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, señala que el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento es competente para que mediante Resolución Ministerial determine a las entidades beneficiarias para la transferencia por parte de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", de los bienes y activos de los proyectos sociales, conforme a lo siguiente:
Municipalidad a transferir SNIP Proyecto

proyectos a ser transferidos por la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:

Mejoramiento del sistema de agua potable en los Caseríos de Mache Alto y Mache Bajo, del 280661 Centro Poblado Barro Negro, distrito de Usquil ­ Provincia de Otuzco ­ La Libertad Municipalidad Distrital de Usquil Mejoramiento del sistema de agua potable y 245965 alcantarillado en el caserío La Leonera, distrito de Usquil ­ Otuzco ­ La Libertad Instalación del sistema de agua potable del 233123 caserío San Luis, distrito de Usquil ­ Otuzco ­ La Libertad Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y letrinas sanitarias en el caserío de Llaray, distrito de Quiruvilca, provincia de Santiago de Chuco, La Libertad Instalación del sistema de agua potable y letrinas sanitarias en el Sector Pomapuquio del C.P.M. de San José de Porcón, Distrito de Quiruvilca ­ Santiago de Chuco ­ La Libertad

Artículo 1.- Determínese como entidades beneficiarias de la transferencia por parte de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama", de los bienes y activos de los nueve (9) proyectos, a las municipalidades que se señalan a continuación: 1.1 Municipalidad Distrital de Usquil: - Mejoramiento del sistema de agua potable en los Caseríos de Mache Alto y Mache Bajo, del Centro Poblado Barro Negro, distrito de Usquil ­ Provincia de Otuzco ­ La Libertad (SNIP 280661). - Mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado en el caserío La Leonera, distrito de Usquil ­ Otuzco ­ La Libertad (SNIP 245965). - Instalación del sistema de agua potable del caserío San Luis, distrito de Usquil ­ Otuzco ­ La Libertad (SNIP 233123). 1.2 Municipalidad Distrital de Quiruvilca: - Ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y letrinas sanitarias en el caserío de Llaray, distrito de Quiruvilca, provincia de Santiago de Chuco, La Libertad (SNIP 200094). - Instalación del sistema de agua potable y letrinas sanitarias en el Sector Pomapuquio del C.P.M. de San José de Porcon, Distrito de Quiruvilca ­ Santiago de Chuco ­ La Libertad (SNIP 250333). 1.3 Municipalidad Provincial de Otuzco: - Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable e instalación del sistema de alcantarillado del sector Walter Acevedo ­ Otuzco, provincia de Otuzco ­ La Libertad (SNIP 165481). - Ampliación y mejoramiento del sistema de alcantarillado sanitario del Centro Poblado Menor de Samne, Provincia de Otuzco ­ La Libertad (SNIP 136657). - Ampliación y mejoramiento del servicio de saneamiento del Barrio Ramón Castilla de la Ciudad de Otuzco, Distrito de Otuzco, Provincia de Otuzco ­ La Libertad (SNIP 206832). 1.4 Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión: - Construcción alcantarillado Barrio 9 de Octubre mejoramiento red de distribución de agua y abastecimiento al C.E. Junta Vecinal 2, Provincia de Sánchez Carrión ­ La Libertad (SNIP 38136). Artículo 2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 996, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento reconoce que el valor de la transferencia será el que se establezca conforme a los registros contables de la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama"; precisándose que la transferencia de los bienes y activos se efectúa a título gratuito. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1618183-2

200094 Municipalidad Distrital de Quiruvilca 250333

Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable e instalación del sistema de 165481 alcantarillado del sector Walter Acevedo ­ Otuzco, provincia de Otuzco ­ La Libertad Municipalidad Provincial de Otuzco Ampliación y mejoramiento del sistema de alcantarillado sanitario del Centro Poblado Menor de Samne, Provincia de Otuzco ­ La Libertad

136657

Ampliación y mejoramiento del servicio de saneamiento del Barrio Ramón Castilla de 206832 la Ciudad de Otuzco, Distrito de Otuzco, Provincia de Otuzco ­ La Libertad Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión Construcción alcantarillado Barrio 9 de Octubre mejoramiento red de distribución de agua 38136 y abastecimiento al C.E. Junta Vecinal 2, Provincia de Sánchez Carrión ­ La Libertad

Que, conforme al expediente de vistos, si bien la Asociación Civil "Fondo Social Alto Chicama" solicitó la emisión de la Resolución Ministerial respecto de diez (10) proyectos sociales, resulta que el proyecto: Instalación del sistema de agua potable y letrinas en el caserío de Cancate, provincia de Santiago de Chuco ­ La Libertad, con Código SNIP Nº 137561, no se encuentra apto para transferirse; por lo que son nueve (9) proyectos sociales vinculados al sector Vivienda y Construcción cuyos bienes y activos están en condiciones de ser transferidos a las municipalidades identificadas por dicho Fondo Social como entidades beneficiarias; Que, en este sentido, el numeral 22.1 del artículo 22 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que para efectos de lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto Legislativo, son entidades beneficiarías públicas y privadas sin fines de lucro, entre otras, los gobiernos locales por lo tanto corresponde que se emita la presente Resolución Ministerial, debiendo precisarse, de acuerdo a lo establecido en el mismo artículo, que el valor de la transferencia será el que sea establecido conforme los registros contables de la persona jurídica que transfiere el proyecto; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde emitir la presente Resolución Ministerial que determine la entidad beneficiaria de los bienes y activos de los nueve (9)

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