Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2018 (26/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 26 de marzo de 2018 /

El Peruano

de Asesoría Técnica, a partir del 26 de Marzo al 01 de Abril del presente año, mientras dure el descanso vacacional solicitado por el Sr. Mario Lizardo Juan Sánchez Verme. Artículo 2º.ENCARGAR, las funciones administrativas como Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao al Arq. Mario Hernán Revoredo Castañón, Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Técnica, a partir del 26 de Marzo al 01 de Abril del presente año, mientras dure el descanso vacacional solicitado por el Sr. Mario Lizardo Juan Sánchez Verme. Artículo 3º.- NOTIFICAR, la presente Resolución a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese y comuníquese. FELIX MORENO CABALLERO Gobernador 1630075-1

Designan responsable de la administración y ejecución presupuestal de la Unidad Ejecutora N° 301 - I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado" para el Pliego 464 del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000116 Callao, 21 de marzo de 2018 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: El Proveído de la Gerencia General Regional de fecha 09 de Marzo de 2018, recaído en el Informe Nº 194-2018GRC / GAJ de fecha 09 de Marzo de 2018 y el Informe Nº 004-2018-GRC / GAJ-scm ambos de fecha 09 de Marzo de 2018 y emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 120-2018-GRC / GRECyD de fecha 05 de Marzo de 2018, el Informe Nº 06-2018GRC / GRECYD / CEG de fecha 01 de Marzo de 2018, y el Oficio Nº 17-2018-GRC / GRECyD de fecha 22 de Enero de 2018, documentos emitidos por la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte; el Oficio Nº 001-SG / I.E.P.M. CMLP / 2018 de fecha 05 de Enero de 2018, emitido por la Dirección General de la Institución Educativa Pública Militar "Colegio Militar Leoncio Prado"; la Resolución Ministerial Nº 2092-2017 DE / EP / COPERE-2017 y el Memorándum Nº 7075 DP-SJAO.1 ambos de fecha 27 de Diciembre de 2017, emitidos por el Ministerio de Defensa; el Oficio Nº 436-2018-DRECDIREC de fecha 20 de Febrero de 2018, emitido por la Dirección Regional de Educación del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000532 de fecha 28 de Diciembre de 2017, se promulgó el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, dentro del cual se encuentra comprendido el Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 301-Colegio Militar Leoncio Prado; Que, mediante Oficio Nº 001-SG / I.E.P.M. CMLP / 2018 de fecha 05 de Enero de 2018, la Dirección General de la Institución Educativa Pública Militar "Colegio Militar Leoncio Prado", solicitó se expida el acto administrativo que reconozca la Asignación al CRL. EP MIGUEL ANTONIO GONZALES LARA, como Director de la I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado", Responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora Nº 301-I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado", para lo cual adjunta copia autenticada de la Resolución

Ministerial Nº 2092-2017 DE / EP / COPERE-2017 y el Memorándum Nº 7075 DP-SJAO.1 ambos de fecha 27 de Diciembre de 2017, emitidos por el Ministerio de Defensa; Que, mediante Oficio Nº 436-2018-DREC-DIREC de fecha 20 de Febrero de 2018, la Dirección Regional de Educación del Callao, solicita emitir el acto administrativo para el reconocimiento del Director General del Colegio Militar Leoncio Prado para su reconocimiento; Que, mediante Memorando Nº 120-2018-GRC / GRECyD de fecha 05 de Marzo de 2018, el mismo que adjunta el Informe Nº 06-2018-GRC / GRECYD / CEG de fecha 01 de Marzo de 2018, el Gerente Regional de Educación, Cultura y Deporte, se pronuncia que resulta procedente designar como Responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora Nº 301-I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado" del Pliego 464 del Gobierno Regional del Callao, con eficacia anticipada al 01 de Enero de 2018 al 31 de Diciembre de 2018 al Director de la Institución Educativa Pública Militar "Colegio Militar Leoncio Prado"; Que, asimismo mediante Informe Nº 194-2018GRC / GAJ de fecha 09 de Marzo de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite el Informe Nº 004-2018GRC / GAJ-scm, asumiendo sus conclusiones o recomendaciones, por lo que concluye que resulta viable la solicitud hecha por la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte, para designar con eficacia anticipada a partir del 01 de Enero de 2018 al CRL. EP MIGUEL ANTONIO GONZALES LARA, Director de la I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado", como Responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora Nº 301-I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado" del Pliego 464 del Gobierno Regional del Callao; Que, en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece en su Numeral 7.1 "El Titular de una Entidad es la más Alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el Consejo Regional o Consejo Municipal, el Director u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, según sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. ..."; Que, en el Artículo 58º de la acotada Ley señala sobre las Unidades Ejecutoras que: "Los Titulares de los Pliegos presupuestarios proponen a la Dirección General de Presupuesto Público la creación de unidades ejecutoras, ...", siendo creadas para el logro de objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio público; Que, la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público-Ley Nº 28112, establece en su Artículo 19º que "Los funcionarios de las entidades del Sector Público competentes para comprometer gastos deben observar, previo a la emisión del acto o disposición administrativa de gasto, que la entidad cuente con la asignación presupuestaria correspondiente. Caso contrario devienen en nulos de pleno derecho"; Que, no habiéndose expedido el acto Resolutivo para designar al CRL. EP MIGUEL ANTONIO GONZALES LARA, Director de la Institución Educativa Pública Militar "Colegio Militar Leoncio Prado", como Responsable de la Administración y Ejecución Presupuestal de la Unidad Ejecutora Nº 301-I.E.P.M. "Colegio Militar Leoncio Prado" del Pliego 464 del Gobierno Regional del Callao al 01 de Enero de 2018, resulta conveniente que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 17º de la Ley Nº 27444Ley del Procedimiento Administrativo General, incisos 17.1 y 17.2, sobre la Eficacia Anticipada del Acto Administrativo, los mismos que a la letra dicen: "17.1 La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificado para su adopción", y, "17.2 También tienen eficacia anticipada la declaratoria de nulidad y los actos que se dicten en enmienda";

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