Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de mayo de 2018 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Lineamientos para la Fiscalización Posterior de los procedimientos administrativos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 122-2018/SUNAT Lima, 11 de mayo de 2018 VISTO: El Informe N° 005-2018-SUNAT/1V2000, emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y por el Decreto Supremo N° 096-2007-PCM, que regula la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT mediante Resolución de Superintendencia N° 172-2016/ SUNAT aprobó los "Lineamientos para la Fiscalización Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria"; Que el Decreto Legislativo N° 1272 ha efectuado modificaciones a la Ley N° 27444, las cuales han sido recogidas en el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de dicha ley; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 1982017-EF se modificó el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la SUNAT redistribuyendo competencias y funciones normativas y estratégicas que inciden en los lineamientos para la fiscalización posterior aprobados mediante la Resolución de Superintendencia N° 172-2016/ SUNAT; Que, por otro lado, a través del Decreto Supremo N° 412-2017-EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT; Que, en ese sentido, resulta necesario actualizar los lineamientos para la fiscalización posterior de los procedimientos administrativos previstos en el TUPA de la SUNAT, a fin de adecuarlos a los documentos de gestión institucional anteriormente descritos, y precisar cuáles órganos o unidades orgánicas de la SUNAT asumirán los roles normativos y de supervisión, considerando el proceso dentro del cual se tramita el procedimiento administrativo sujeto a la fiscalización posterior; En uso de las facultades conferidas en los incisos p) y s) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de los Lineamientos para la Fiscalización Posterior Apruébese los "Lineamientos para la Fiscalización Posterior de los Procedimientos Administrativos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria", conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Publíquese la presente resolución de superintendencia en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretario General del OTASS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 34-2018-OTASS/DE Lima, 11 de mayo del 2018. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1280, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional; la cual desarrolla en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, el cual establece en el literal d), del artículo 11, que es función de la Dirección Ejecutiva, designar y remover, al personal directivo y/o de confianza de la Entidad; Que, mediante Resolución Directoral Nº 055-2016-OTASS/ DE, de fecha 28 de diciembre de 2016, se designó a la señora Silvia Carmela Segunda Falcón Alzamora en el cargo de Secretaria General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, la cual ha sido aceptada; Con los visados de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009JUS y de acuerdo a las facultades conferida a la Dirección Ejecutiva en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptación de renuncia Aceptar la renuncia formulada por la señora Silvia Carmela Segunda Falcón Alzamora en el cargo de Secretaria General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, siendo su último día de labores el 11 de mayo de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Encargar de funciones Encargar a partir del 12 de mayo de 2018, al señor Jacinto Santiago Alvarado Rubina las funciones de Secretario General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo 1647131-1

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