Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Ordenanza Regional Nº 288- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 13 de mayo de 2011, sólo en el rubro que aprueba el ROF de la Red de Salud Bagua. Además habiendo transcurrido más de 10 días hábiles desde la promulgación en el Diario Oficial El Peruano no cabe una fe de erratas; por tanto en aplicación del Art. 6.2. de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, la rectificación sólo procede mediante la expedición de otra norma o rango equivalente o superior, por dicha razón el Pleno del Consejo Regional aprueba la modificación de la indicada Ordenanza Regional. Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 020 del 25 de octubre de 2018 con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza Regional: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 411-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 21 de marzo de 2018; cuyo texto es el siguiente: DICE: Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Ordenanza Regional Nº 288-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, de fecha 13 de mayo de 2011. DEBE DECIR: Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto en parte Ordenanza Regional Nº 288-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 13 de mayo de 2011, sólo en el rubro que aprueba el ROF de la Red de Salud Bagua. Artículo Segundo.- CONSERVAR invariable la Ordenanza Regional Nº 411-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR; en el resto de su contenido. Artículo Tercero.- DISPONER, que a través de la Secretaría del Consejo se publique la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 25 días del mes de octubre del año 2018. LUIS URBANO CERDAN ABANTO Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 29 de octubre de 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1712831-1

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 sobre la Descentralización, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias aprobadas por Ley Nº 27902 y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, define las normas que regula la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tendiendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, sus Normas y sus Disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad y simplificación administrativa. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales. Que, según lo dispuesto en el inciso a) artículo 15º concordante con el inciso a) del artículo 39º de la Ley 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar la normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar decisiones de carácter institucional de interés público y ciudadano a través de Ordenanzas Regionales. Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: "Los Gobiernos Regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que le asignan la Constitución, la ley de Bases de la Descentralización y la presente ley, así como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno. Competencias Exclusivas, de acuerdo al artículo Nº 35 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783, son las siguientes: c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, con Circular Nº 072-2018-OGGRH-OARHEPP/MINSA, de fecha 22 de junio de 2018, se solicita a las diferentes Unidades Ejecutoras pertenecientes a las Gobiernos Regionales DIRESA o GERESAS, que ya cuentan con su informe de opinión favorable del CAP_ Provisional aprobado por SERVIR, que puedan gestionar oportunamente- vía Sesión Ordinaria o Sesión Extraordinaria-el Acuerdo de Consejo Regional que permita la aprobación del Cuadro para Asignación de

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2018 de la Dirección Regional de Salud Amazonas y diversos Órganos Desconcentrados
ORDENANZA REGIONAL Nº425 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

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