Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2018 (16/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 167

El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

167

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución SBS N° 1975-2018, ha aprobado medidas adicionales de austeridad para el ejercicio 2018, estableciéndose en el Artículo Primero, entre ellas, reducir en un diez por ciento (10%) el presupuesto total para el período mayo - diciembre del año 2018, de la partida Pasajes y viáticos; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-21 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2018 y la Resolución SBS N° 1975-2018 sobre Medidas Adicionales de Austeridad para el Ejercicio 2018, que incorporan lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Jorge Martin Liendo O'Connor, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria "B" de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS del 22 al 28 de septiembre del 2018 y Cesar Neill Pajares Paz, Supervisor Principal de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones I del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS del 23 al 29 de septiembre de 2018, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2018, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ Viáticos US$ 1853.44 4 400,00

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza que regula el procedimiento para regularización de la licencia, conformidad de obra y declaratoria de edificación de construcciones existentes en el distrito
ORDENANZA Nº 504-MDB Barranco, 12 de setiembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 086-2018-GDU/MDB, de fecha 05 de setiembre de 2018, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; El Proveído Nº 546-2018-MDB-GM, de fecha 11 de setiembre de 2018, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº008-CDUET/MDB, de fecha 07 de setiembre de 2018, emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, Ecología y Tránsito, respecto al nuevo proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento para Regularización de la Licencia, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, de construcciones existentes en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; asimismo, el Artículo 195º de la mencionada Constitución Política, señala que los gobiernos locales son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y sus modificatorias: Ley Nº 29300, Ley Nº 29476 y Ley Nº 29898, establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación, seguimiento, supervisión y fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos, en un marco que garantice la seguridad privada y pública; Que, mediante el Informe Nº 073-2018-GDU/MDB, la Gerencia de Desarrollo Urbano presentó el proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento para Regulación de la Licencia, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación de construcciones existentes en el distrito de Barranco, la cual permitirá la formalización de edificaciones efectuadas que, por no haber cumplido con la obtención de la licencia de edificación, finalización de obra y/o declaratoria de fábrica, no son sujetas a su registro correspondiente ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos-SUNARP, requisito indispensable para poder requerir cualquier financiamiento en el sistema formal, utilizando como garantía su propiedad y, a la fecha, existe la posibilidad de regularizar ante el Ministerio de Cultura en la Zona Monumental del distrito, lo cual facilitaría el acceso a la formalidad de un número importante de construcciones realizadas al margen del sistema formal; Que, mediante el Informe Nº 363-2018-GAJ-MDB, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó favorablemente sobre el proyecto presentado por encontrarse acorde a la normativa vigente; y, mediante el Proveído Nº 494-2018-MDB-GM,

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1691217-1

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