Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2019 (02/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Jueves 2 de mayo de 2019 /

El Peruano

del Ministerio de Economía y Finanzas, la propuesta técnica y socio económica para la creación de la Unidad Ejecutora Red de Salud Loreto-Nauta, con un presupuesto de S/ 11´105,463.00 (Once Millones Ciento Cinco Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres y 00/100 Soles); Que, la creación de la Unidad Ejecutora 407 Red de Salud Loreto-Nauta, está determinada en los numerales 68.2 y 68.3 y acápite 3) numeral 6.4, artículo 68º del Decreto Legislativo 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; por lo que para el presente Año Fiscal 2019, la Dirección General de Presupuesto Público, ha creído pertinente autorizar la creación de la Unidad Ejecutora 407 Red de Salud Loreto-Nauta, con un presupuesto de Once Millones Ciento Cinco Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres y 00/100 Soles (S/ 11´105,463.00), distribuido en las fuentes de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, 09 Recursos Directamente Recaudados y genéricas del gasto: 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, 2.3 Bienes y Servicios y 2.5 Otros Gastos; y cuya puesta en funcionamiento y operatividad se efectuará en el presente año fiscal 2019; Que habiéndose cumplido con lo establecido en el artículo 68º del Decreto Legislativo 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, resulta procedente aprobar la formalización de la creación de la Unidad Ejecutora 407 Red de Salud Loreto-Nauta; sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Estando a lo propuesto con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Oficina Regional de Administración; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 022-2017-GRL-CR, de fecha 14 de septiembre de 2017 y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 407 denominada Red de Salud Loreto-Nauta, en el Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, con eficacia anticipada para su funcionamiento a partir del 02 de enero de 2019; disponiendo de un presupuesto de S/ 11´105,463.00 (Once Millones Ciento Cinco Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres y 00/100 Soles); por las fuentes de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, 09 Recursos Directamente Recaudados y genéricas del gasto: 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, 2.3 Bienes y Servicios y 2.5 Otros Gastos; Artículo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud de Loreto, efectuará los cálculos correspondientes para viabilizar la Transferencia de Crédito Presupuestario, a efectos de garantizar la operatividad y sostenibilidad de la nueva unidad ejecutora. Artículo 3º.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Loreto, instruye a la Unidad Ejecutora 400 Salud Loreto, para que elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria", como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 4º.- La Oficina de Administración Documentaria de la Oficina Regional de Administración, remite copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y dispone la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Loreto (www. regionloreto.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELISBAN OCHOA SOSA Gobernador Regional 1765114-2

Conforman el Comité de Seguimiento de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 205-2019-GRL-GR. Belén, 7 de marzo del 2019 Visto, el Proveído Nº 1415-2019-GRL-GR, del 21 de febrero de 2019, de la Gobernación Regional, derivando el Oficio Nº 034-2019-GRL-GGR-ORPMI, de fecha 19 de febrero de 2019, suscrito por el Director de la Oficina Regional de Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto, proponiendo la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01 DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMANACIONAL DE PROGRAMACION MULTIANUAL Y GESTION DE INVERSIONES aprobado con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, establece en su artículo 45º, numeral 45.2 que: el órgano resolutivo del Gobierno Regional conformarà un comité de seguimiento de inversiones encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de la entidad. Este comité está conformado por las UEI y otros órganos o dependencias de cada entidad a fin de que brinden la información sobre el avance de la ejecución de las referidas inversiones con una periodicidad mensual. La OPMI consolida la información para el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones y se encarga de brindar la asistencia técnica al referido comité. La OPMI debe registrar los acuerdos, plazos y responsables en el Sistema de Seguimiento de Inversiones; Que, con Informe Nº 002-2019-GRL-GGR-OPMI, de fecha 12 de febrero del 2019, suscrito por el Director de la Oficina Regional de Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto, en el marco de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, descrita en el considerando precedente, propone la conformación de un Comité de Seguimiento de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto, encargada de efectuar el seguimiento de la Cartera Priorizada de Inversiones de las entidades adscritas al sistema; por lo que corresponde al órgano resolutivo de la Entidad, autorizar la conformación del mismo; Que, con el documento del Visto, de fecha 19 de febrero de 2019, el Director de la Oficina Regional de Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto, remite el proyecto del acto resolutivo para la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Gobierno Regional de Loreto, documentos derivados con Proveído Nº 1415-2019-GRL-GR, para su evaluación; Estando a lo propuesto, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto aprobada por la Ordenanza Regional Nº 022-2017-GRL-CR, de fecha 14 de setiembre de 2017; modificado parcialmente mediante Ordenanza Regional Nº 014-2018-GRL-CR, del 10 de mayo de 2018; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONFORMAR el COMITÉ DE SEGUIMIENTO DE INVERSIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, la cual rige desde la fecha de emisión de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2022, el mismo que estará integrado por: · Gerente General Regional Presidente

· Director de Oficina Regional de Programación Multianual de Inversiones ­ ORPMI Secretario Técnico

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.