Norma Legal Oficial del día 22 de Agosto del año 1998 (22/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Articulo 2".- MORDAZA PRODUCTS SERVICE S.A., debera instalar y equipar su establecimiento industrial pesquero con sujecion alas normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero; asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deber implementa r un sistema a de controlde MORDAZA que garantice l optim acalida d del produca to final. asi com cumpli rcon l aejecucio nde su Estudio de o Impact o Ambienta lcalificad ofavorablemente por l Direccion a del Medio Ambiente, mediante Oficio N 46O-98-PE/DIREM A de " fecha 10 de junio de 1998. Articulo 3".- Otorgar el plazo de un j 1 I ano contado a partir de la fecha de expedida la presente resolucion, prorrogable por una sola vez y por igual periodo previa MORDAZA de la , informacion relativa al avance de obras E inversion sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalacion de su establecimient industrial .Previo a lInici o de su actividad o roductiva, solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para P determinacion de la capacidad instalada y e otorgamient o a l de la licencia de operacion. Articulo 4".- El incumplimient o lo establecido en lo Articude s los 2" y 3" seran causales de caducidad del derecho otorgado. Articulo 5".- Transcribase la present eresolucio n la Direca cion Regional de Pesqueria Chimbote. Registrese, comuniquese publiquese y MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquer (e) o 9314

MORDAZA, sabado 22 de agosto de 1998

MTC
Otorgan a empresa renovacion y modificacion de permiso de operacion para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL N" 199-98-IWlW15.16 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 1998 Vista la solicitud de SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A. SERVIVENSA, sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N" 185-93-TCC/15.12 del 19 de MORDAZA de 1993, modificada por Resolucion Ministerial W 515-93-TC/15.12 del 28 de diciembre de 1993, se otorgo Permiso de Operacion para efectuar un Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros carga y correo a SERVICIOS , AEREOS AVENSA S.A. - SERVIVENSA, por- plazo de tres (3) anos, contados a partir del 23 de abrid i993; e Que, se `n los terminos del Memorandum No 054-98-MTC/ emorandum N" 0308-98-MT/15.16.02, emitidos por 15.16.02 y ir la Direccion de Asesoria Legal; Memorandum N" 022-98-MTC/ 15.16.05.2 y Memorandum No 0211-98-MTC/15.16.05.3, emitidos por la Subdireccion de Material Aeronautico y Subdireccion de Operaciones de la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, respectivamente; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley N 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento y demas disposiciones legales vigentes; Que, los convenios internacionales son de obligatorio cumplie miento para los Estados que los suscriben y ratifican; y, especialmente, en el caso de la Aeronautica Civil Peruana son de aplicacion obligatoria las Decisiones emanadas de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones; conforme con el Articulo 1" de la Ley N" 24882 - Ley de Aeronautica Civil; Que, la Direccion General Sectorial de Transporte Aereo del Ministerio de Transporte y Comunicaciones de la Republica de Venezuela, ha autorizado a SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A. - SERVIVENSA, para realizar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, con fecha 15 de junio de 1998; SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A. - SERVIVENSA, en virtud de la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley No 26917, solicita acoger la tramitacion de su solicitud a lo dispuesto por dicha norma; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos nor Darte del interesado, tomandolos por ciertos, verificand posteriorment e la validez de los mismos, o conforme lo dispone la Lev No 25035 v el Decreto Legislativo N" 757; Estando a lo dispuesto por la Ley N" 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo N" 670, su Reglamento, Ley N" 26917, las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; y, con la opinion favorable de las areas competentes;
I

Declaran infundada impugnacion contra resolucion referida a caducidad de concesion otorgada a empresa
RESOLUCION DIRECTORAL W 162-98-PE/DNPP MORDAZA, 20 de agosto de 1998 Visto el escrito con Registro N" 011015 de 7 de octubre d 1996 resentado por la empresa FABRICA DE CONSERVAS HARIY K A DE PESCADO MORDAZA L Socieda d Civil d eResponsabilidad Limitada, mediante el cual Interpon Recurs o de Reconsiderae n cio n contra la Resolucio Directora l N" 053-96-PE/DNPP. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N" 053-96-PE/DNPP, de 19 de setiembre de 1996. se declaro la caducidad de la concesion otorgada a la empresa FABRICA DE CONSERVAS Y HARINA DE PESCADO IMPERIAL Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, mediante la Resolucion Directoral N" 213-89-PE/DGT, de 15 de Junio de 1989, por no haber cumplido con adecuarse al ordenamient o juridic opesquero vigente, conforme a lo estableResolucio n Ministerial N" 399-95-PE, cido por l a Que mediant e escrito del visto la recurrente interpone el Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Directoral senalada en e l considerand o precedente: Que de la evaluacion efectuada a las pruebas Instrumentales aportadas por la recurrente. se concluye que estas no desvirtuan los fundamentos qutx sustentaron el acto administrativo materia de impugnacion, asimismo. no ha cumplido con alcanzar los requisitos exigidos por el Text Unic o de I'rocedimientos Admio nistrativos de Ministeri o de Pesqueria, aprobado por Decreto l Supremo N" 001-98-PE ,requerido smediant eOficio N" 353-S% PE/DNPP-Dc de 16 de marzo de 1998; en consecuencia deviene infundado el Recurso d Reconsideracio interpuesto; e n Estando a lo informado por la Direccion dc> Control de la Direccion Nacional de Procesamiento Prsquero, mediante su Informe N" 077-98-PE/DNPP-DC de 29 de MORDAZA tie 1998, y con la opinion favorable dcx la Oficina General dc> Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 98" del Twto Unico Ordenado de la Ley de MORDAZA s Generale s de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. N' 02-94-JUS. modificado por la Ley N" 26810; SE RESUELVE. Articulo lo.- Declarar infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa FABRICA DE CONSERVAS Y HARINA DE PESCADO IMPERIAL Sociedad Clvil de Responsabilidad Limitada. contra la Resolucion Directoral N" 053-96-PE/ DNPP de 19 de setiembre de 1996, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion Articulo 2".- Transcribase la rescnte resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria ChimLiote. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SHIMABI IKURO MIYASATO Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 9315

SE RESUELVE: Articulo lo.- Otorgar a SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A. - SERVIVENSA, conforme a las Decisiones 297,320 y sus modificatorias. de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia 24 de MORDAZA de 1996, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Ministerial N" 185-93-TCC/15.12, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional, MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 727. - BOEING 737. RUTAS Y FRECUENCIAS: - CARACAS - BOGOTA - MORDAZA - MORDAZA y w., con siete (7) frecuencias semanales, con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire.

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