Norma Legal Oficial del día 22 de Agosto del año 1998 (22/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 22 de agosto de 1998
del citado recurso, en el area comprendida entre el paralelo 6"OO' Latitud Sur y el extremo norte del dominio maritimo peruano; Que de la evaluacion de la informacion diaria remitida por el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, referida a los volumenes de extraccion del recurso anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus ), se hace recomendable ampliar la autorizacion para la extraccion del citado recurso en la MORDAZA que se refiere el parraf'o anterior; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar desde las 00.00 horas del dia 23 de agosto hasta las 00.00 horas del dia 30 de agosto de 1998, las actividades de extraccion y recepcion del recurso anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en el area comprendida entre el paralelo 6"OO' Latitud Sur y el extremo norte del dominio maritimo peruano. El procesamiento del citado recurso solo sera permitido hasta las 06.00 horas del dia en que se suspende dicha actividad y en la MORDAZA a que se hace referencia en el parrafo anterior. Articulo 2".- Solo podran dedicarse a las faenas de pesca que se autoriza en el articulo anterior, las embarcaciones incluidas en los incisos A), B) y C) del Anexo 1 de la Resolucion Ministerial N 200-98-PE y las que se incorporen a dichos incisos mediante las resoluciones correspondientes. Articulo 3".- El Instituto MORDAZA del Peru informara diariamente al Ministerio de Pesqueria sobre las zonas de pesca y volumenes de desembarque del citado recurso, informacion que permitira al Ministerio de Pesqueria evaluar y recomendar las medidas de regulacion de la actividad extractiva en la citada area. Articulo 4".- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extraccion y de Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales y Subregionales de Pesqueria, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 9397

c{pemtafu, Pag. 163279
rer ejecutado por la DIRECCION REGIONAL DE PESQUERIA 1A MORDAZA, en la MORDAZA de Sausacocha, ubicada en el iistrito de Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA, departanento de La MORDAZA, en un MORDAZA de agua de 2.07 ha. delimitado por las siguientes coordenadas geograficas:

VERTICE
A c D

LATITUD SUR
7°47'18" 7°47'18" 7°47'29" 7°47'29"

LONGITUD OESTE
77°59'24" 77°59'22" 77°59'24" 77°59'22"

Articulo 2".- Para el desarrollo del programa a que se refiere el articulo precedente la Direccion Regional de Pesqueria La MORDAZA debera cumplir con lo siguiente: 1. Prever que el desarrollo del programa no afecte al medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico. 2. Presentar informes semestrales ala Direccion Nacional de Acuicultura, sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. 3. No interferir con las actividades que normalmente se desarrollan en el recurso hidrico. 4. Obtener la licencia de uso de aguas, expedida por la autoridad competente. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria - La MORDAZA y ala Direccion General de Aguas y Suelos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura (e) 9316

Otorgan a empresa autorizacion para la instalacion de planta de congelado de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL No 161-98-PE/DNPP MORDAZA, 20 de agosto de 1998 Visto el escrito de Registro N" CE-64002 de 29 de MORDAZA de 1998, presentado por MORDAZA PRODUCTS SERVICE S.A.; CONSIDERANDO: Que los Articulos 43", literal b), numeral 4, y 44" del Decreto Ley No 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, el que constituye derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado; Que mediante el escrito del visto MORDAZA PRODUCTS SERVICE S.A. solicita autorizacion para la instalacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos con una capacidad proyectada de 28.8 Wdia, en su Establecimiento Industrial Pesquero a ubicarse en la Mz. "B" Lote N" 3 MORDAZA Industrial II, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que la Direccion del Medio Ambiente con Oficio N" 460-98PE/DIREMA de 10 de junio de 1998, manifiesta que ha recaido calificacion favorable al Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informe N" 11 l-98-PE/DNPP-Dn de 6 de MORDAZA de 1998, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos del Procedimiento N" 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo N" OOl-98-PE; y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 43", literal b), numeral 4,44° y 46" del Decreto Ley N" 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55", 57" y 60° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE, modificado por Decreto Supremo N" 0994-PE; la Resolucion Ministerial N" 322-95-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N OIO-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1 O.- Otorgar a MORDAZA PRODUCTS SERVICE S.A. autorizacion para la instalacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos para consumo humano directo a ubicarse en la Mz. "B" Lote N" 3 MORDAZA Industrial II, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado : 28.8 ffdia

Establecen programa para el cultivo en jaulas flotantes de Trucha Arco MORDAZA en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N" 058-98-PE/DNA MORDAZA, 19 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que la Ley General de Pesca, Decreto Ley N" 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE, establecen como uno de los obietivos. nromover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera y acuicola; Que mediante Resolucion Ministerial N" 646-97-PE del 24 de octubre de 1997, se aprueban los Lineamientos de Politica Pesquera, estableciendo en el lineamiento 6, propiciar el desarrollo y diversificacion de la acuicultura con la finalidad de elevar el nivel socioeconomico de los pescadores artesanales mediante la capacitacion y transferencia tecnologica; Que la Direccion Regional de Pesqueria La MORDAZA, es el organo regional encargado de promover e incentivar la actividad acuicola entre otros, en el ambito de su jurisdiccion, mediante el manejo integral de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que la referida Direccion Regional, ha propuesto desarrollar un programa para el cultivo en jaulas flotantes de trucha arco MORDAZA, a ser ejecutado en la MORDAZA de Sausacocha, ubicada en la provincia de Huamachuco. provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La Libertad; Estando a lo informado por la Direccion de Acuicultura Continental, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria .Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley N" 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas en la Primera Disposicion Transitoria y Complementaria del Decreto Ley N" 25806 - Ley Organica del Ministerio de Pesqueria y Articulo 42" incisos b) y g) de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial N" 436-95-PE; SE RESUELVE: Articuro l".- Establecer el programa para el Cultivo en Jaulas Flotantes de Trucha Arco MORDAZA Oncorhynchus mykiss, a

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