Norma Legal Oficial del día 23 de Septiembre del año 1998 (23/09/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

Registrese, cumplase y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 19799

[nterna y, el Informe N" 065-9%ORLWI'R del 31 de MORDAZA de 1998 de la Primera Sala del Tribunal Registral; CONSIDERANDO: Que, don MORDAZA Piaggio Bertora solicita que se pracltilue una Auditoria para la determinacion de responsabililades de los funcionarios implicados en las anomalias de l.as inscripciones correspondientes a los asientos 12, 13 hasta 21 de los tomos 25.26 y 27, folios 442,447 al 449 y las fichas N"s. 2001,2554,2555,2556 y 2557 del Registro de Propi.edad Inmueble de Canete, al haberse transgredido los prinEipios registrales de Tracto Sucesivo, Art. 2015" del Cti,go Civil, de Rogacion en la Primera de Dominio sin existir titulo inscribible, Art. 2011" del precitado Codigo y (de Buena Fe Registral, segun el Art. 2014" del Codigo aludido, expresando fundamentalmente que en los antecedentes registrales, se aprecia que los primeros once asientos son anotaciones preventivas tendientes a inscribir una supuesta herencia de don MORDAZA MORDAZA Cuya, en favor `de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las mismas que caducaron al no haberse cumplido con presentar el titulo legal y suficiente, conforme consta del Certificado Negativo de Propiedatd, agregando que del asiento 12 se aprecia la carencia de titulo inscribible y la ausencia de firma del Registrador, hecho ue impide el tracto registral, sin que MORDAZA se cumpla oon 9.Icha firma, bajo sancion de nulidad absoluta, a tenor de lo dispuesto por el Art. 2015' del Codigo Civil, por lo que en forma ilicita aparece el asiento 13, mediante el cual se anata una Primera de Dominio, sin titulo legal suficiente para el efecto, basandose en un Inventario d Blenes y MORDAZA e Declaratoria de Herederos, que no sirven como instrumento valido para un titulo inicial de propiedad. Asimismo, el recurrente afirma que los inventarios no afectan derecb.os posesorios de terceros ni pueden ser constitutivos de on derecho de propiedad, por lo que las referidas inscripciones son nulas ipso jure, en razon a la inscripcion dolosa ejecutada en la Oficina Registra1 de Canete; Que, el reclamante senala tambien que estas inscripciones fraudulentas vienen slendo utilizadas por la firma VIGEMSA, efectuando independizaciones y aludiendo a los antecedentes registrales acotados, recurre a entidades financieras garantizando creditos bancarios con inmuebles de propiedad real de terceros asumiendolos como suyos; Que, de acuerdo a los actuados en cuanto a las anotaciones preventivas materia del asiento ll y 12 de fojas 481 del tomo 26 del Registro de la Propiedad Inmueble de Canete, debe considerarse que la anotacion preventiva materia del asiento 11 de fojas 481 del tomo 26 suscrito por la entonces Registradora Publica MORDAZA Pomareda Bacigalupi, en virtud del titulo N" 6252 de 18 de noviembre de 19811 comesponde auna anotacion extendida al MORDAZA del inciso 3 del Art. 79" del Reglamento de las Inscripciones esta es, por no encontrarse inscrito el derecho de donde emana la transmision, no evidenciandose la existencia de irregularidades en su extension. En cambio en cuanto atane al asiento 12, es de verse que en el mismo se ha omitido su suscripcion por la Registradora respectiva, contraviniendo con esta conducta lo dispuesto en el Art. 166" del Reglamento General de los Registros Publicos, existiendo responsabilidad de la citada ex funcionaria conforme a lo previsto en el Inc. d) del Art. 137" el referido reglamento, el cual establece la responsabilid.ad de los funcionarios de los Registros, entre otras causas, por las omisiones e irregularidades en que incurran, como ocurre en el presente caso; Que, sin embargo cabe resaltar que tanto el asiento 11 como el asiento 12 al tener caracter de anotaciones preventivas, han extinguido sus efectos por caducidad del plazo de su respectiva vigencia, conforme al Art. 92" del Reglamento de las Inscripciones. Asimismo del contenido del titulo W 6252 del 18 de noviembre de 1981, se desprende que resulta coincidente con parte del titulo N" 275 del 12 de marzo de 1987 el cual, ademas, contlene los partes judiciales de la sucesion intestada de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que la situacion juridica publicitada por los mencionados askntos ha sido recogida en forma definitiva en la inscripcion del asiento 13 precitado de lo que se desprende que el perjukio que podria derivarse de tal omision fue enervado MORDAZA a este ultimo asiento, y que en tal sentido resultaria aplicable la causal eximente de responsabilidad establecida por el Inc. a) del Art. 88" del Reglamento General de los Registros Publicos, al no apreciarse que se MORDAZA configurado dano por la omision producida; Que, adicionalmente, para los efectos de la regularizacion de la suscripcion del mencionado asiento 12, debe tenerse en consideracion que tratandose de dicha clase de omisiones resulta de aplicacion la Directiva N" 003-97-

INDECOPI
Designan miembros de la Comision de Salida del MORDAZA de oficina descentralizada del Indecopi
RRSOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI W 031-934NDECOPYDIR MORDAZA, 22 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que conforme al Articulo 2" del Decreto Legislativo N" 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar sus funciones por medio de la suscripcion de convenios con organismos, instituciones o entidades publicas, colegios profesionales o entidades gremiales de reconocido prestigio; Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegacion de Funciones con la Universidad de MORDAZA, en el que se han delegado funciones relativas a la Comision de Salida del Mercado; Que es necesario designar a los miembros que conforman la Comision de Salida del MORDAZA de la Oficina Descentralizada del Indecopi que opera en la Universidad de Lima; Estando a lo acordado por el Directorio; y, En uso de las facultades que confiere el Articulo 5" del Decreto Ley N" 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, como miembros de la Comision de Salida del MORDAZA de la Oficina Descentralizada del Indecopi que opera en la liniversidad de MORDAZA, a las siguientes personas: Sr. MORDAZA MORDAZA Dapello, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Lizarraga MORDAZA, Sr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Salazar; y, Sr. MORDAZA MORDAZA Martinez.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Presidenta del Directorio 19960

/

OFICICNA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Declaran fundada en parte queja y sancionan con suspension a ex registradores publicos
RESOLUCION JEFATURAL N" 291-93-ORLClJE MORDAZA, 5 de agosto de 1998 Vistos, la Reclamacion en Queja interpuesta por don MORDAZA PIAGGIO BERTORA, en su nombre y representacion de la Sucesion MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la Hoja de Tramite W 13266 del 1 de junio de 1998, los actuados administrativos, la Hoja Informativa N" 045-9% ORLC/AI del 30 de junio de 1998 de la Oficina de Auditoria

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.