Norma Legal Oficial del día 23 de Julio del año 2000 (23/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2000

se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para autorizar y registrar modelos de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 069-2000-DE-JCMT/CFS; SE RESUELVE:

dicion previa de la R.M. autoritativa, salvo las excepciones que expresamente contemplen las leyes de caracter especial; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion General de la PNP en su Dictamen Nº 335999-DGPNP/AJ de 24.JUN.99; Lo propuesto por el General PNP Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar e inscribir 1 Modelo de Maquina Tragamonedas, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº de Registro
Codigo del Modelo Nombre del Fabricante Nacionalidad del Fabricante Descripcion

B0000069
PXM Universal de Desarrollos Electronicos S.A. Espana Tragamonedas vertical de video de 10 teclas con MORDAZA superior cuadrada o redondeada. Incluye aceptador de monedas y de billetes. No cuenta con palanca lateral ni MORDAZA de tacto. Puede formar parte de un carrusel.

Dimensiones

Alto : 145.00 cms. Largo : 55.00 cms. Ancho: 52.00 cms.

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra quienes vienen ocupando el inmueble de propiedad de la Policia Nacional del Peru ubicado en el Jr. Independencia Nºs. 378-380 - Calispuquio del departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru; todos los actuados, para los fines a que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 8091

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 8367

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos ocupantes precarios de inmueble propiedad de la PNP, ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0850-2000-IN/PNP MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2000

Sancionan con suspension a servidor de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0884-2000-IN/PNP MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2000 Visto, el Acta Nº 29-200-COPEPROAD-PNP de 19.ABR.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC AA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA (46) CIP Nº 70029241; CONSIDERANDO:

Visto, la Elevacion Nº 183-99-DINPOLCAR-PNP/Sec de 14.JUN.99, en el cual el General PNP Director Nacional de Policia de Carreteras solicita ante la Direccion General de la PNP se MORDAZA las gestiones correspondientes a fin de que el Procurador Publico del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional del Peru interponga la Demanda de Desalojo contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien viene ocupando actualmente el inmueble ubicado en el Jr. Independencia Nºs. 378-380, Km. 3 de la Carretera Cajamarca-Chilete en el lugar denominado CALISPUQUIO, departamento de MORDAZA, jurisdiccion de la IIREGION-PNP-CHICLAYO. CONSIDERANDO: Que, el indicado inmueble, es de propiedad del Estado-PNP encontrandose debidamente saneado a merito de la R.S. Nº 14 de 18.ABR.66 y Testimonio de Escritura Publica de donacion de fecha 19.MAY.66 otorgado por don MORDAZA MORDAZA LOBATO ante el Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya area es de 200.00 m2, y estando registrado en el Inventario Fisico de Bienes Inmuebles de la PNP; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos; dispositivo constitucional concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por la Ley Nº 17667 que prescribe que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expe-

Que, mediante R.D. Nº 7693-DIPER-PNP de 21.DIC.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC AA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en la XI-RPNP-AREQUIPA, por la presunta comision de Abandono de Cargo, al inasistir injustificadamente a sus labores del 18 al 26.AGO.99; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado ha presentado su descargo correspondiente, sin desvirtuar el cargo imputado; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de DIEZ (10) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. "k" y 26º Inc. "b" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "b" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 29-2000-COPEPROAD-PNP de 19.ABR.2000;

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