Norma Legal Oficial del día 15 de Marzo del año 2000 (15/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de marzo de 2000

Autorizan a procuradora iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de delitos de Estafa y Contra la Fe Publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 121-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 13 de marzo de 2000 VISTO: El Oficio remitido por la Gerencia General del Poder Judicial y el Memorandum Nº 154-2000-OAL-GG/PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, que solicitan se autorice a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial a iniciar las acciones judiciales a efectos del recupero de pagos indebidos; CONSIDERANDO: Que, aparece del Informe Interno Nº 039-99-PJ-SEOIG/UQI de la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial que MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA obtuvo provecho ilicito del Poder Judicial al arrendar a este Poder del Estado un inmueble como propio, percibiendo la renta correspondiente cuando en realidad lo habia transferido a tercera persona, manteniendo en error mediante engano a la Administracion, haciendo inclusive uso de documentacion falsa para el cobro de los servicios basicos, hechos que son tipificados como delitos por nuestro ordenamiento penal; Que, asimismo de acuerdo a lo expuesto en el informe mencionado en el parrafo precedente, existiria responsabilidad civil de los ex funcionarios del Poder Judicial, Sr. MORDAZA MORDAZA Guaranda ex Supervisor de Logistica y Sr. MORDAZA Rivasplata MORDAZA ex Jefe del Area de Control Patrimonial, al no haber ejercido un adecuado control sobre los inmuebles en los que el Poder Judicial es arrendatario por lo que es necesario se inicien las acciones civiles destinadas al recupero de las sumas pagadas indebidamente, asi como para que los mencionados ex Funcionarios ejerciten su derecho de defensa conforme a Ley; En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, asi como por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en nombre y representacion del Estado, formule la denuncia penal correspondiente e inicie las acciones penales correspondientes contra MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA por los delitos de Estafa y Contra la Fe Publica en agravio del Poder Judicial; sin perjuicio de las acciones judiciales civiles que debera iniciar la Procuradora Publica contra la indicada persona y contra los ex Funcionarios del Poder Judicial a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a efectos del recupero de las sumas pagadas indebidamente por concepto de arriendos y servicios basicos, mas intereses, y el pago de la indemnizacion por los danos y perjuicios irrogados al Poder Judicial. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, remitiendose los antecedentes respectivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 3055

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Modifican Reglamento de Adquisicion y Negociacion de Certificados de Deposito
CIRCULAR Nº 011-2000-EF/90 MORDAZA, 14 de marzo del 2000 El Directorio de este Banco Central ha resuelto modificar el Reglamento de Adquisicion y Negociacion de Certificados de Deposito del Banco Central de Reserva del Peru (CD BCRP), dejando sin efecto la Circular Nº 006-98EF/90 y sustituyendola por la presente, que regira a partir del 20 de marzo en curso. En esta oportunidad se establece que los CD BCRP son emitidos a descuento y se incluye el procedimiento para el envio de propuestas para las subastas por medios electronicos. Asimismo, se autoriza a la Corporacion Financiera de Desarrollo (COFIDE) - Fideicomiso de Garantia, a participar por cuenta propia en las subastas. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Gerente General REGLAMENTO DE ADQUISICION Y NEGOCIACION DE CERTIFICADOS DE DEPOSITO DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU La adquisicion y negociacion de Certificados de Deposito del Banco Central de Reserva del Peru, en adelante CD BCRP, se sujetara a las condiciones que se establece en el presente Reglamento. 1. DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS CD BCRP a) Los CD BCRP son valores emitidos por el BCRP, que representan pasivos de este ultimo a favor del adquirente, con la finalidad de regular la cantidad de dinero del sistema financiero. Estan representados por anotaciones en cuenta y son emitidos a descuento. b) La colocacion de los CD BCRP se efectua mediante el mecanismo de subasta o mediante colocacion directa. c) El monto de los CD BCRP a emitir lo determina el BCRP de acuerdo con los requerimientos de politica monetaria. d) Los CD BCRP tienen valores nominales minimos de S/. 100 000,00 cada uno y son emitidos en multiplos de S/ . 100 000,00. e) El BCRP puede pactar compromisos de recompra en las adquisiciones de CD BCRP que efectue, asi como realizar otras operaciones que considere necesarias. El procedimiento de las operaciones de compra con pacto de recompra que efectue el BCRP se detalla en el reglamento respectivo. f) Los CD BCRP son libremente negociables por sus titulares, debiendo el BCRP ser informado de cualquier transaccion, para su correspondiente registro, segun el procedimiento descrito en este Reglamento. La negociacion de los titulos puede realizarse una vez emitidos y hasta un dia habil MORDAZA de la fecha de su vencimiento. g) El derecho de propiedad de los CD BCRP consta en el registro que tiene a su cargo el BCRP. h) El BCRP emitira un reporte sobre el estado de las tenencias de CD BCRP de las entidades participantes, por cuenta propia o de terceros. 2. DE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES Pueden participar en la adquisicion y negociacion de los CD BCRP las siguientes entidades:

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