Norma Legal Oficial del día 15 de Diciembre del año 2002 (15/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, MORDAZA 15 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE MORDAZA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE ATE-VITARTE Articulo Unico.- Modifiquese de acuerdo a la solicitud formulada, el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de Ate, en los siguientes terminos:
Nº Documento D. Simple 56146-01 y Exp. 7026-01 Razon Social ASOCIACION DE COMERCIANTES HIPERMERCADO MORDAZA ESTE. Cambio Solicitado Industrial Liviana I2 a Comercio Distrital C5 Cambio Aprobado De Industrial Liviana I2 a Comercio Sectorial C3

to de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00785-VC; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE MORDAZA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE SAN MORDAZA, APROBADO POR ORDENANZA Nº 329-MML Articulo Unico.- Aprobar la correccion grafica del Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de San MORDAZA, en lo que respecta al Lote "C" (lote unico) cuya area es de 1,802.50 m2 ubicado con frente a la Av. MORDAZA de las Leyendas esquina con la Av. La Mar, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, restituyendo la calificacion de Comercio Distrital C-5, de acuerdo a lo senalado en el Plano que forma parte integrante de la presente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de noviembre de dos mil dos. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22020 ORDENANZA Nº 451 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO, EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de fecha 29 de noviembre de 2002, el Documento Simple Nº 28127-02- y Expediente Nº 1652-01, seguido por MORDAZA Bertolero S. A. solicitando cambio de zonificacion de Residencial de Densidad Media R-4 a Comercio Distrital C-5 del terreno de 142,725.67 M2 ubicado en el lote 3 A, Fundo Trapiche o Vista MORDAZA, Mayorazgo Barbadillo , parcela O ex fundo Vista MORDAZA, Mz. S y T de la Urbanizacion Los Portales de MORDAZA MORDAZA, distrito de Ate-Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA, con la finalidad de construir un centro comercial y de entretenimiento; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo la Ordenanza Reglamentaria de Actualizacion y Reajuste del Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, que en su Articulo 13º establece los procedimientos para los cambios de zonificacion en la provincia de Lima; Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en la Ordenanza senalada en el parrafo anterior, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Instituto Metropolitano de Planificacion emitieron los informes de opinion tecnica correspondientes; Que, el Instituto Metropolitano de Planificacion, y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha puesto en conocimiento de los vecinos la propuesta de modificacion de zonificacion, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 13º, inciso d) de la misma Ordenanza; De acuerdo a lo previsto en el Articulo 134º incisos 2) y 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los Articulos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 00785-VC y la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Aprobo la siguiente:

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de noviembre de dos mil dos. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22017 ORDENANZA Nº 450 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion de Concejo de fecha 29 de noviembre de 2002 el Documento Simple Nº 42667 seguido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicitando la correccion grafica del Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo al ano 2010 del distrito de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza 329-MML en lo que respecta al Lote C ( lote Unico ) cuya area es de 1,802.50 M2 ubicado con frente a la Av. MORDAZA de las Leyendas esquina con la Av. La Mar del distrito de San MORDAZA provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el terreno en mencion ha estado calificado como Comercio Distrital C-5 en el Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana desde el ano 1977. Con esta calificacion aparece en el Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana aprobado por Decreto Supremo Nº 033-77-VC, asi como sucesivas actualizaciones hasta el ano 1990. Que, del mismo modo se encuentra calificado en el Plano de Zonificacion correspondiente al distrito de San MORDAZA elaborado en el Programa para la Actualizacion de la Zonificacion de MORDAZA Metropolitana 1990-1996, aprobado por Resolucion Nº 448-91-MML-AM-SMDU de fecha 21 de noviembre de 1991 y actualizado mediante Ordenanza Nº178-MML de fecha 30 de MORDAZA de 1998. Que, la Municipalidad de San MORDAZA con el Oficio Nº 050-2002-DIDU/MDSM, ha solicitado la correccion grafica del Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo al Ano 2010 del distrito de San MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 329-MML, en lo que respecta al Lote "C" (lote unico) cuya area es de 1,802.50 m2 ubicado con frente a la Av. MORDAZA de las Leyendas esquina con la Av. La Mar, cuyos propietarios son don MORDAZA Loo MORDAZA y esposa; Que, el Instituto Metropolitano de Planificacion mediante Oficio Nº 901-2002-MML-IMP, recomienda la correccion del error de graficacion del Plano de Zonificacion de San MORDAZA, restituyendo la calificacion C-5 que le corresponde al lote ubicado con frente a la Av. MORDAZA de las Leyendas esquina con la Av. La Mar. Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 134º incisos 2) y 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y los Articulos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamen-

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