Norma Legal Oficial del día 06 de Febrero del año 2002 (06/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 216900

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de febrero de 2002
2.388% 3.065% 4.678% 6.452% UIT UIT UIT UIT

En los casos de los incisos B y C el monto minimo trimestral es de S/ 25.00 Nuevos Soles. Aquellos establecimientos que no estuvieran considerados en los incisos C a la G se les determinara el Arbitrio aplicando las alicuotas establecidas en el inciso B del presente articulo. Articulo 18º.- IMPORTE DEL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES Las alicuotas trimestrales referidas a porcentajes de la UIT, que se aplicaran para el calculo del importe a pagar por el Arbitrio de Parques y Jardines son las que se detallan a continuacion:
USO, ACTIVIDAD O GIRO MORDAZA habitacion, terreno sin construir y terreno en construccion (declarados con uso MORDAZA habitacion). Industria, Comercio, Servicios en General, Gobierno Central, Instituciones Publicas Descentralizadas y/o personeria juridica propia, Embajadas, Misiones Diplomaticas y Consulares, Entidades Religiosas, Fundaciones, Terreno en Construccion (declarados con uso comercio) Asociaciones y otros. A 2.429% UIT B 2.226% UIT C 1.684% UIT D 1.491% UIT E 0.807% UIT

De S/. 30,000.01 a S/. 60,000.00 De S/. 60,000.01 a S/. 102,000.00 De S/. 102,000.00 a S/. 210,000.00 De S/. 210,000.01 a mas C. Predios ocupados por el Gobierno Central, Gobierno Local, Institucion Publica Descentralizada y/o con personeria juridica propia, Embajadas, Consulados, Misiones Diplomaticas, Museos. D. Universidades, Centros Preuniversitarios, Institutos Superiores y Culturales con valuo mayor o igual a 40 UIT. E. Tragamonedas, Bingos, Casinos, Discotecas (con area mayor de 300 m2), Clubes Sociales, Multicines, Grifos. F. Hospitales, Clinicas G. Hoteles de 4 y 5 estrellas, Entidades Financieras y Bancarias, Supermercados, MORDAZA Centros de Esparcimiento, MORDAZA Almacenes

9.678% UIT

14.839% UIT

19.355% UIT 24.517% UIT 38.710% UIT

2.807% UIT

2.614% UIT

2.420% UIT

2.225% UIT

1.452% UIT

Aquellos establecimientos que no estuvieron considerados en los incisos C a la G se les determinara el Arbitrio con las alicuotas establecidas en el inciso B del presente articulo. Articulo 20º.- DETERMINACION DEL TRIBUTO PARA CONDOMINOS Cuando exista copropiedad respecto a los predios, se determinara el tributo de conformidad a los Articulos 17º, 18º y 19º de la presente Ordenanza, y se prorrateara el monto determinado entre cada condomino segun el porcentaje de su cuota ideal. TITULO III DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los contribuyentes que cancelen los cuatro trimestres de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre, se les concedera un descuento por pronto pago del 10% sobre el tributo insoluto a pagar por el 2do, 3er y 4to. trimestre. Segunda.-. La UIT aplicable sera la vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable. Tercera.- Deroguese las Ordenanzas Nºs. 86 y 88 y demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Quinta.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA ANEXO En la jurisdiccion del distrito de Miraflores, existen registrados 38,356 predios afectos al pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, a los cuales la Municipalidad cumple con prestarles de manera efectiva y oportuna los servicios MORDAZA indicados. Mediante Memorandum Nº 407-2001-DISICMA/MM de fecha 10 de diciembre de 2001, la Direccion de Servicios Municipales remite los costos de los servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines para el ano 2002. Mediante Oficio Nº 472-2001-DG-SERMIR de fecha 12 de octubre del 2001, la Asociacion Civil Vecinos para el Serenazgo de Miraflores, remite los costos del Servicio de Serenazgo para el ano 2002. Mediante Memorandum Nº 876-2001-/MM de fecha 13 de diciembre de 2001, se remitio a la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion los costos para el ano 2002 de la Direccion de Servicios Municipales y la Asociacion Civil Vecinos para el Serenazgo de Miraflores (SERMIR).

A: Predio ubicado con acceso directo a MORDAZA, frente a MORDAZA o malecon. B: Predio ubicado frente a avenida con jardines. C: Predio ubicado frente a avenida con arboleda. D: Predio ubicado en otras zonas E: Predio cuyo valuo este comprendido desde S/. 0.01 hasta S/. 25,000.00, cualquiera sea su ubicacion. Articulo 19º.- IMPORTE DEL ARBITRIO DE SERENAZGO Las alicuotas trimestrales a aplicarse para determinar el importe a pagar por el arbitrio de Serenazgo son los que se detalla a continuacion:
USO O ACTIVIDAD A. MORDAZA Habitacion, Terrenos sin Construir, Terrenos en Construccion (declarados con uso MORDAZA habitacion), Entidades Religiosas siempre que el predio este dedicado a Templo, Convento, Monasterio. Base imponible en funcion del autoavaluo: De S/. 0.01 a S/. 15,000.00 De S/. 15,000.01 a S/. 60,000.00 De S/. 60,000.01 a S/. 102,000.00 De S/. 102,000.01 a S/. 210,000.00 De S/. 210,000.01 a S/. 330,000.00 De S/. 330,000.01 a mas Tratandose de contribuyentes que tengan la calidad de pensionista, condicion precaria y para aquellos predios solares que paguen bajo un unico recibo, cuyo uso de predio sea las indicadas en el parrafo anterior. Base imponible en funcion del autoavaluo: De S/. 0.01 a S/. 15,000.00 De S/. 15,000.01 a S/. 60,000.00 De S/. 60,000.01 a S/. 102,000.00 De S/. 102,000.01 a S/. 210,000.00 De S/. 210,000.01 a S/. 330,000.00 De S/. 330,000.01 a mas B. Predios con uso de Industria, Comercio, Servicios en General, Fundaciones, Asociaciones, Terrenos en Construccion (declarados con uso comercio) y otros. Base imponible en funcion del autoavaluo: De S/. 0.01 a S/. 15,000.00 De S/. 15,000.01 a S/. 30,000.00 0.968% UIT 1.613% UIT 0.484% 1.259% 1.500% 1.840% 2.226% 2.420% UIT UIT UIT UIT UIT UIT 0.484% 1.355% 1.613% 1.936% 2.420% 2.581% UIT UIT UIT UIT UIT UIT TASA TRIMESTRAL

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