Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2004 (15/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

2º.- MORDAZA de plano de trazado y lotizacion aprobado por COFOPRI 3º.- Memoria descriptiva 4º.- Reconocimiento Municipal de conformidad al RUOS 5º.- Certificado de Defensa Civil 6º.- Pagos por Derecho de Verificacion Tecnica 7º.- Derechos Administrativos por seccion de Vias de acuerdo a: a).- Hasta 80 lotes S/. 60.00- 1.875 % de la U.I.T. b).- Mas de 80 lotes S/. 100.00- 3.125 % de la U.I.T. 5.2.- Para los que no cuentan con titulo de propiedad Ademas de los requisitos senalados en el numeral anterior, excepto el Sub-indice 2, los Asentamientos Humanos que no cuenten con titulo de propiedad, deberan presentar una DECLARACION JURADA firmada por la Junta Directiva en pleno comprometiendose a respetar su plano de lotizacion y no ser modificado posteriormente y no encontrarse incurso en los alcances establecidos en el articulo 11ª de esta Ordenanza. Dicha Declaracion debera ser aprobada por la Asamblea General de asociados y este procedimiento solo sera para el tramite ante LUZ del SUR., mientras concluyan su titulacion correspondiente. Asi mismo, deberan acompanar lo siguiente: - Plano Perimetrico en Coordenadas U.T.M. - MORDAZA Fedateada del acta de la Asamblea que aprueba la decision de la Junta Directiva en pleno Articulo 6º.- Duracion y Calificacion del Procedimiento.- La duracion del presente procedimiento no sera mayor a treinta (30) dias habiles contados desde la fecha de su presentacion. Vencido el plazo no se considerara aprobada la solicitud . Articulo 7º.- Omisiones en la MORDAZA de solicitud.- Cuando se omita la MORDAZA de algunos de los documentos senalados en el articulo precedente o si son presentados con deficiencias que impidan la continuacion del procedimiento de visacion de planos, se requerira al interesado para que en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles se subsane la omision y/u observaciones en que se hubiere incurrido. Si los interesados no cumplen con subsanar las omisiones y/u observaciones dentro del plazo establecido, el expediente sera archivado y se MORDAZA por concluido el procedimiento, sin perjuicio de ser iniciado nuevamente, una vez cumplido los requisitos que la presente Ordenanza exige. Articulo 8º.- Evaluacion.- Ingresada la solicitud con los documentos requeridos y/o subsanados, la Direccion de Desarrollo MORDAZA procedera a efectuar la evaluacion del expediente, el mismo que sera elevado a la Gerencia Municipal. Articulo 9º.- Resolucion.- El Gerente Municipal emitira la Resolucion correspondiente de acuerdo al informe remitido por la Direccion de Desarrollo MORDAZA Articulo 10º.- Recursos Administrativos.- Contra la Resolucion denegatoria emitida por la Gerencia Municipal , cabe la interposicion de los Recursos Administrativos contemplados en la Ley Nº 27444 Articulo 11º.- Exclusion.- No podran acogerse a esta ordenanza los Asentamientos Humanos y ampliaciones de vivienda que se encuentren en las siguientes condiciones: a) En terrenos ocupados en propiedad privada. b) En terrenos ocupados en areas de uso publico (Parques, Areas de equipamiento comunal, etc.) c) En terrenos ocupados sobre vias publicas. d) En terrenos ocupados en zonas riesgosas y/o topografia fuertemente accidentada. e) En terrenos ocupados en zonas Arqueologicas, Monumentales y Culturales. f) En terrenos carentes de las condiciones de higiene y salubridad (Relleno Sanitario). g) En terrenos cercanos a elementos de transmision electrica y/o similares.

h) En terrenos ocupados que se encuentren en MORDAZA judicial, y i) En otros terrenos que no cuenten con la opinion Tecnica favorable. TITULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES CAPITULO I DISPOSICIONES TRANSITORIAS Disposicion Unica.- Los tramites iniciados con anterioridad a la presente MORDAZA se adecuaran a la normatividad presente en lo que le compete, sin perjuicio de continuar con el tramite de "Regularizacion de Habilitacion Urbana" establecido en el MORDAZA de la Entidad. CAPITULO II DISPOSICIONES FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia, se dictaran las normas complementarias de la presente ordenanza. Segunda.- Deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 07173

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Autorizan convocatoria a Concurso Publico de Oferta de Precios Nº 001-2004 para el otorgamiento en arrendamiento predial de locales comerciales
ORDENANZA Nº 015-2004-MDLP/ALC La Punta, 31 de marzo de 2004 VISTOS: El Acuerdo de Concejo Nº 005-15/2004 de fecha 30 de marzo de 2004; CONSIDERANDO: Que, el articulo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece que, los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; El patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; Los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles; Todo acto de disposicion o de garantia sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento publico; Que, el articulo 59º del mismo cuerpo legal establece que, los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo de concejo municipal; Que, el articulo 72º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF modificado por D.S. Nº 107-2003-EF establece que, la entidad publica, a traves del Comite de Gestion Patrimonial, por

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