Norma Legal Oficial del día 08 de Noviembre del año 2004 (08/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 8 de noviembre de 2004

En resumen, la utilidad de la inscripcion del Presidente de la Junta de Propietarios en el registro reposara exclusivamente en la publicidad que de tal acto pretenda efectuar la junta, a fin de que sea de conocimiento de terceros en virtud del MORDAZA de publicidad material contenido en el articulo 2012º del Codigo Civil y en el articulo I del Titulo Preliminar del Reglamento General de los Registros Publicos. 7. ¿Debe admitirse la inscripcion de la Directiva de una Junta de Propietarios? Como hemos expuesto, la unica inscripcion aceptada por MORDAZA expresa es la designacion del Presidente de la Junta de Propietarios, teniendo la misma el caracter de declarativa y potestativa. No seria prudente ni acorde a la ley que se inscriban las Directivas de las Juntas de Propietarios de las edificaciones sujetas al regimen de propiedad exclusiva y propiedad comun o al regimen de independizacion y copropiedad, tomando en consideracion que estariamos introduciendo elementos propios de las personas juridicas (sin ser la Junta de Propietarios una persona juridica) en un registro de predios, ya que si inscribimos las directivas, tambien con ese criterio deberiamos aceptar la inscripcion de la remocion, renuncia, etc., de sus integrantes. Atendiendo a la problematica que se presenta en el registro de personas juridicas, lo que alentariamos sin querer seria la pugna o lucha de los propietarios (sobre todo en las unidades inmobiliarias que tengan varios bloques o sectores o que esten conformadas por numerosa cantidad de secciones de propiedad exclusiva) por ver que su lista para la directiva de la Junta de Propietarios tenga acogida registral, fomentando situaciones indeseadas y obstaculos que se sumarian a la ya de por si compleja y dificil administracion de las edificaciones sujetas a estos regimenes. Del mismo modo, generariamos confusion en los operadores registrales acerca de la naturaleza de la inscripcion de las directivas, que de ningun modo puede equipararse a las inscripciones de los administradores de las personas juridicas, esto es, que la circunstancia de que no conste inscrita una Directiva de una Junta de Propietarios no debe conducirnos a pensar que si esta o su Presidente celebran v.g., un acto juridico de transferencia o gravamen de un bien comun, debe previamente acreditarse su inscripcion en el registro como requisito para la inscripcion de dichos actos. Por estas razones y consideraciones, mi MORDAZA es por que se confirme la observacion formulada al titulo alzado, en el sentido de que puede inscribirse unicamente al Presidente de la Junta de Propietarios, siempre que el acuerdo de su designacion cumpla con la normativa pertinente. MORDAZA ALAMO MORDAZA Vocal del Tribunal Registral 19925

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan contratar alquiler de tractor oruga para la obra "Construccion de Carretera Codo del Pozuzo Empalme Carretera Marginal Ruta 5N-Tramo: Los Angeles-Peripecia"
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 609-2004-GRH/PR
MORDAZA, 29 de octubre de 2004 VISTO: El Proveido, de la Direccion Regional de Administracion, de fecha 20 de Octubre del 2004 y demas antecedentes que sustentan la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de Servicios para el Alquiler de Un Tractor Oruga D7, para la obra: "Construccion de Carretera Codo del Pozuzo Empalme Carretera Marginal Ruta 5N - Tramo: Los MORDAZA - Peripecia";

Que, mediante Informe Nº 510-2004-GRH-DRA/OLSA, de fecha 11 de Octubre del 2004, la Oficina de Logistica y Servicios Auxiliares, solicita la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de Servicios para el Alquiler de Un Tractor Oruga D7, MORDAZA Caterpillar, Ano 2001, por S/. 120.00 Nuevos Soles la hora maquina, incluyendo operador, mantenimiento y lubricantes; haciendo un total de S/. 101,400.00 (Ciento Un Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles) equivalente a 845 Horas Maquina que ofrece la Municipalidad Distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Las Palmas, para la obra: "Construccion de Carretera Codo del Pozuzo Empalme Carretera Marginal Ruta 5N - Tramo: Los MORDAZA - Peripecia"; Que, la Oficina de Logistica y Servicios Auxiliares, al emitir la Propuesta Tecnica y Economica para la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, que ofrece la Municipalidad Distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Las Palmas al Gobierno Regional MORDAZA el Servicio de Alquiler de Un Tractor Oruga D7, MORDAZA Caterpillar, Ano 2001 y de acuerdo a las Evaluaciones Tecnicas de dicha Oficina, resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del mercado; considerando que el tractor se encuentra en las instalaciones de la Municipalidad Distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Las Palmas, Provincia de MORDAZA MORDAZA y la obra se encuentra en el Distrito de Codo del Pozuzo, Provincia de Puerto Inca; lugares lejanos, para los trabajos a realizarse en la Obra: "Construccion de Carretera Codo del Pozuzo Empalme Carretera Marginal Ruta 5N - Tramo: Los MORDAZA - Peripecia"; la misma que se viene ejecutando por la modalidad de Administracion Directa por el Gobierno Regional Huanuco; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, en su Art. 19º establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, entre entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM Capitulo VI Art. 106º respecto a las exoneraciones de los procesos de seleccion entre las Entidades del Estado, establecen que se puede realizar el tramite de las adquisiciones y contrataciones exoneradas; la misma que debe estar sustentada en un Informe Tecnico Economico elaborado por la entidad, en la que se detalla los sustentos para la exoneracion; Que, por otra parte, la exoneracion de una Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico Legal previo, segun el Art. 20º del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, la Oficina Regional de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 214-2004-GRH/ORAJ, de fecha 18 de Octubre del 2004, emite el Informe Tecnico Legal, opinando: Se apruebe la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de Servicios para el Alquiler de Un Tractor Oruga D7, MORDAZA Caterpillar, Ano 2001 con la Municipalidad Distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Las Palmas, para la Obra. "Construccion de Carretera Codo del Pozuzo Empalme Carretera Marginal Ruta 5N - Tramo: Los MORDAZA - Peripecia"; Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. a) del Art. 19º y Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y en uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2003-CRH; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de Servicios para el Alquiler de Un Tractor Oruga D7, MORDAZA Caterpillar, Ano 2001 con la Municipalidad Distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Las Palmas, para la Obra: "Construccion de Carretera Codo del Pozuzo Empalme Carretera Marginal Ruta 5N - Tramo: Los MORDAZA - Peripecia"; por un monto de S/. 101,400.00 (Ciento Un Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles), equivalente a 845 Horas Maquina; cuya Fuente de Financiamiento corresponde al Fondo de Compensacion Regional (FONCOR) a cargo de la Cadena Funcional 16.052.0142.2.216532.2.091340093, por los considerandos expuestos.

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