Norma Legal Oficial del día 20 de Marzo del año 2005 (20/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, MORDAZA 20 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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MORDAZA de los principales atractivos turisticos, como tambien se atenta contra el cuerpo, la MORDAZA y la salud de los usuarios y visitantes, al utilizar las carreteras que tienen afluencia vehicular; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con la dispensa de la aprobacion del acta, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar, el Reglamento que regula la tenencia, proteccion, servicio y control de caballos destinados al servicio de paseo de personas, que en anexo forma parte integrante de la presente. Articulo Segundo.- Encargar a los organos administrativos, realizar las acciones para su debida implementacion de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA RUFFNER MORDAZA 05777

Articulo Primero.- Declarar nula y sin efecto legal la publicacion de fecha 6 de febrero del 2005, efectuada en el Diario Oficial El Peruano en la que erroneamente se publica el Acuerdo de Concejo Nº 08-2005-MPSCH. Articulo Segundo.- Publiquese el Acuerdo de Concejo Nº 05-2005-MPSCH de fecha 27 de enero del 2005, en los terminos siguientes: ACUERDO DE CONCEJO Nº 05-2005-MPSCH MORDAZA de MORDAZA, 27 de enero del 2005. VISTO, en la Sesion Ordinaria de fecha 26 de enero del 2005, las recomendaciones para declarar en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, correspondiente al mes de febrero del 2005. CONSIDERANDO: Que, en la Sesion de Comuna de fecha 26 de enero del 2005, el senor MORDAZA, puso en conocimiento del Pleno del Concejo los Informes Tecnico y Legal que senalan que es necesario convocar el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad provincial de MORDAZA de MORDAZA, con las formalidades y requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM, pero debido a que el Comite de Administracion del Programa aun no se constituye y el MORDAZA de seleccion se realiza en el lapso de veinte dias habiles, se estaria produciendo una situacion de desabastecimiento e interrupcion en el cumplimiento del Programa; razones que ameritan declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion del producto, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, se desprende del Informe emitido por el Jefe de Programas Sociales de la Municipalidad, que la provision de productos para el Programa del Vaso de Leche concluye el 31 de enero del ano en curso, por lo tanto urge la necesidad de convocar a un MORDAZA MORDAZA de seleccion con las formalidades y requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Que, para la adquisicion de los productos significaria convocar a un MORDAZA de seleccion que estima una demora de veinte dias habiles entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas y diez dias habiles para la suscripcion del contrato, sin incidente alguno, lo que consecuentemente constituiria una situacion de desabastecimiento de insumos alimenticios para el PVL, dado a que la Municipalidad no cuenta con stock disponible en el Almacen para atender de manera oportuna a los beneficiarios, no habiendose efectuado el MORDAZA oportunamente, principalmente por no haberse conformado el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche a tiempo, debido a la demora de los Sectores Salud y Agricultura en acreditar representantes para integrar el Comite de Administracion; Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, contempla los casos de exoneracion d procesos de seleccion, estableciendo el inciso c) del referido articulo que estan exonerados aquellas Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la ley; asimismo, e articulo 20º establece formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion; Que, el articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, consagra que

MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran nula publicacion del Acuerdo de Concejo Nº 08-2005-MPSCH y disponen publicar el Acuerdo de Concejo Nº 05-2005-MPSCH, que autoriza adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 130-2005-MPSCH MORDAZA de MORDAZA, 9 de marzo del 2005. VISTO: El Informe Legal Nº 104-2005-MPSCH-AL, cursado por el Asesor Legal de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, por el cual informa error en el texto contenido en el Acuerdo de Concejo Nº 05-2005-MPSCH de fecha 27 de enero del 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de febrero del 2005 en la pagina 286433. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 20º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del MORDAZA Provincial, ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. Que, el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades, le confiere atribuciones al MORDAZA para dictar Decretos, Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas. Que el despacho de Alcaldia de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA al tomar conocimiento, que el personal encargado de la Municipalidad ha efectuado incorrectamente la Publicacion del Acuerdo de Concejo Nº 05-2005-MPSCH, alterando el contenido total del Acuerdo de Concejo Nº 05-2005MPSCH de fecha 27 de enero del 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano, situacion que induce a un grave error respecto a los beneficiarios, a la comunidad y ciudadania en general, lo que a la postre generaria responsabilidades de indole administrativa, civil y penal en el Titular del Pliego y en el Comite Especial encargado de adquirir los Productos del Vaso de Leche, razon por la cual, debe ser subsanado el error en que ha incurrido el personal encargado de la publicacion, los cuales deberan ser sancionados en su momento, debiendo por lo tanto disponerse oportunamente una nueva publicacion del Acuerdo de Concejo Nº 05-2005-MPSCH.

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