Norma Legal Oficial del día 28 de Noviembre del año 2006 (28/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de noviembre de 2006

las "Paginas Amarillas" y "Paginas Blancas" de TPI que se distribuyen a nivel nacional, informacion de interes para la colectividad como medidas de prevencion que se deben adoptar en caso de ocurrir desastres de origen natural o antropico; Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento"; Que, en efecto, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en concordancia con el inciso f) del articulo 19º de la Ley, senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, en atencion a lo opinado por la Gerencia Tecnico Normativa de CONSUCODE, hoy Gerencia de Normas y Procesos a traves de sucesivas Opiniones que se indican en el Informe Legal de vistos, no es necesario que la Entidad sustente su decision de exonerar del MORDAZA de seleccion respectivo la contratacion de servicios de publicidad, bastando que se determine que se trata de un medio de comunicacion que prestara servicios de publicidad a la Entidad. En consecuencia, la Oficina de Asesoria Juridica al verificar que el servicio de publicidad se va a contratar en un medio de comunicacion, considera que es procedente expedir la correspondiente Resolucion Jefatural que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva y autorice a la Direccion Nacional de Logistica a contratar en forma directa tal servicio con la empresa TPI; Que, la Oficina de Asesoria Juridica en el Informe Legal en mencion considera que el servicio de publicidad que se va a contratar con la empresa TPI en un medio de comunicacion como son las Paginas Amarillas y Paginas MORDAZA, constituye un servicio personalisimo en razon que es una publicacion unica en su genero, en tanto no existe en el MORDAZA una publicacion con iguales o similares caracteristicas, por lo que es procedente aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva y autorizar la contratacion del servicio de publicidad aludido; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y los articulos 145º, 146º y 147º de su Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, estando a las atribuciones conferidas mediante el Decreto Ley Nº 19338, normas modificatorias y conexas, y el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y por el Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM, con las visaciones de la Subjefatura, de la Direccion Nacional de Logistica y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la contratacion de servicios de publicidad por exoneracion por causal de servicios personalisimos en las Paginas Amarillas y en las Paginas MORDAZA de la empresa Telefonica Publicidad e Informacion Peru S.A.C. correspondiente al Ano Fiscal 2007, por un monto total de S/. 56,496.23 (Cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y seis con 23/100 nuevos soles), recursos que seran programados con cargo al Presupuesto Institucional del ano 2007, segun el Memorando de vistos expedido por la Oficina de Planificacion y Presupuesto. Articulo Segundo.- DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA de la presente Resolucion Jefatural y de los Informes Tecnicos y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias de emitida la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER que la Direccion Nacional de Logistica se encargue de la contratacion del servicio en

mencion mediante acciones directas, e ingrese la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE, en la pagina web de la Entidad y se encargue de su publicacion a traves del Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y notifique a la Subjefatura, Direccion Nacional de Logistica, Organo de Control Institucional, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Oficina de Administracion, Oficina de Asesoria Juridica y a la Oficina de Estadistica y Telematica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 6152-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Amnistia de Licencia de Construccion para obras que se ejecuten mediante el Programa Techo Propio en las modalidades de construcciones en sitio propio, terrenos o aires independizados y mejoramiento de vivienda
ORDENANZA Nº 311-2006-MDEA El MORDAZA, 23 de noviembre de 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA VISTO: El Informe N° 1266-2006-GDU-MDEA en Sesion Ordinaria de la fecha 14 de noviembre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 054-2002VIVIENDA, se declaro de utilidad publica la creacion y desarrollo del Proyecto "Techo Propio" en cual estara bajo el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento disponiendo que la administracion de sus fondos este a cargo del Fondo Hipotecario de Promocion de Vivienda ­ Fondo MI VIVIENDA; Que, mediante Ley N° 28210, Ley que modifica la creacion del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) de la Ley N° 27829, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que se otorga una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de esfuerzo del constructor; ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMNISTIA PARA LA LICENCIA DE CONSTRUCCION PARA LAS CONSTRUCCIONES MEDIANTE EL PROGRAMA TECHO PROPIO EN LAS MODALIDADES DE CONSTRUCCIONES EN SITIO PROPIO, TERRENO O AIRES INDEPENDIZADOS Y MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Articulo 1º.- APROBAR la Amnistia de Licencia de Construccion que se ejecuten mediante el Programa TECHO PROPIO. En las modalidades de construccion en sitio propio, terrenos o aires independizados y mejoramiento de vivienda.

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