Norma Legal Oficial del día 03 de Octubre del año 2006 (03/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano martes 3 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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alcanzados, tal como lo preve la normatividad interna del INPE"; Que, dentro de dicho contexto, la seleccion de personal autor izada, obliga a la institucion a efectuar las evaluaciones pertinentes a fin de poder contar con los recursos humanos idoneos, para la realizacion de la labor de Agente Penitenciario de Seguridad, los que deben poseer una solida formacion moral y etica para el desempeno de dicha funcion, contando con la debida capacidad intelectual, psiquica, fisica y aptitud vocacional para dicha mision, acorde con los avances de las tecnicas en seguridad penitenciaria; Que, en tal sentido, el citado MORDAZA de seleccion se encontrara orientado no solo a realizar un estricto control de las exigencias establecidas por ley, a fin de evitar el reingreso de personal que no se adecue a los requisitos MORDAZA senalados, sino a seleccionar dentro del universo de personas que se consideren con derecho a ser seleccionadas, a los mejores doscientos ex servidores que reunan las calidades y cualidades personales optimas para el desempeno de las funciones a desarrollar, y que importen con su experiencia un significativo aporte en el desarrollo de la mision institucional; Que, asimismo atendiendo que, el mencionado inciso b) de la Ley Nº 28769, circunscribe su ambito de aplicacion solamente a los ex CEFOCAP o CENECP, que hubiesen sido cesados irregularmente, por lo que dicha MORDAZA no alcanza a los ex servidores que hayan renunciado voluntariamente, ya que dicha condicion revela un acto unilateral de ejercicio de la autonomia de la voluntad del trabajador, ajeno al sentido de la MORDAZA mencionada; Que, siendo asi, a fin de poder dar cumplimiento a la precitada ley, se hace necesario dictar las disposiciones pertinentes para la implementacion y ejecucion del MORDAZA de Seleccion para el nombramiento de hasta 200 (doscientos) profesionales, tecnicos, auxiliares y agentes formados en los ex CEFOCAP o CENECP cesados irregularmente; Contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28769, Decreto Legislativo Nº 654 y su Reglamento, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 128-2006JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, el "Proceso de Seleccion de hasta 200 (doscientos) profesionales, tecnicos, auxiliares y agentes formados en los ex CEFOCAP o CENECP, de conformidad a la Ley Nº 28769", para desempenarse como Agentes Penitenciarios de Seguridad. Articulo 2º.- ENCARGAR, al Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios (CENECP), la implementacion y ejecucion del "Proceso de Seleccion de hasta 200 (doscientos) profesionales, tecnicos, auxiliares y agentes formados en los ex CEFOCAP o CENECP, de conformidad a la Ley Nº 28769", para desempenarse como Agentes Penitenciarios de Seguridad. Articulo 3º.- El Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios (CENECP), en coordinacion con la Comision Evaluadora del MORDAZA de Admision de Agentes Penitenciarios de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario 2006, constituida mediante Resolucion Presidencial Nº 527-2006-INPE/P, propondra las consideraciones que estime convenientes, para la realizacion y ejecucion del "Proceso de Seleccion de hasta 200 (doscientos) profesionales, tecnicos, auxiliares y agentes formados en los ex CEFOCAP o CENECP, de conformidad a la Ley Nº 28769", las mismas que seran aprobadas por Resolucion Presidencial. Articulo 4º.- REMITIR, MORDAZA de la presente resolucion a las instancias correspondientes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELSA MORDAZA MORDAZA Presidente 02689-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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