Norma Legal Oficial del día 03 de Octubre del año 2006 (03/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano martes 3 de octubre de 2006

agosto de 2006, Informe Nº 091-2006-EM/SG/OGA/MYS de fecha 3 de agosto de 2006, Informe Nº 097-2006MEM/OGA/MYS de fecha 25 de agosto de 2006; Que, mediante la Carta Notarial Nº 334-2006-MEMOGA-MYS, recibida por el contratista el 20 de junio de 2006, se efectuo el primer requerimiento previo para que el contratista cumpla con i) ejecutar las actividades de limpieza de lunas y ventanas elevadas del local central y del centro de esparcimiento Yanacoto, ii) suministrar los materiales de limpieza en su totalidad en la fecha establecida, iii) complementar el numero de lustradoras y aspiradoras, iv) destacar personal de supervision con experiencia para ejercer esas labores; en el plazo de dos (2) dias, bajo apercibimiento de aplicar la penalidad contemplada en la clausula decimo octava del contrato; Que, mediante Carta S/N de fecha 21 de junio de 2006, el contratista se compromete a cumplir con lo solicitado; Que, mediante Carta Notarial Nº 439-2006-MEMOGA, recibida por el contratista el 11 de agosto de 2006, se computo la penalidad correspondiente por el retraso en la ejecucion de las prestaciones, la misma que ascendio al monto de Trece mil doscientos setenta y nueve y 53/100 Nuevos Soles (S/. 13 279,53), deducida del pago correspondiente al mes de agosto de 2006; Que, mediante Carta Notarial Nº 484-2006-MEMSEG/OGA, recibida por el contratista el 29 de agosto de 2006, se efectuo el MORDAZA requerimiento previo para que el contratista cumpla con remitir i) la procedencia y MORDAZA de existencia, desde la fecha de MORDAZA de su oferta tecnica, de los registros sanitarios correspondientes a todos los productos de limpieza de la MORDAZA D´BRISOL, conforme a la carta de compromiso de recursos asignados a la prestacion que obra a fojas 33 de su propuesta tecnica, ii) los contratos suscritos de todos los trabajadores destacados al servicio de mantenimiento y limpieza con la debida MORDAZA de recepcion por parte del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; en el plazo de cinco (5) dias habiles, bajo apercibimiento de resolver el contrato; Que, mediante Carta S/N de fecha 6 de setiembre de 2006, el contratista senalo que los productos no cuentan en la actualidad con la documentacion requerida por la Carta Notarial Nº 484-2006-MEM-SEG/OGA y que, ese mismo dia, habian registrado en el Ministerio de Trabajo y Promocion del empleo los contratos suscritos con sus trabajadores; Que, el inciso c) del articulo 41º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que la entidad, ante el incumplimiento por parte del contratista de alguna de sus obligaciones, podra resolver el contrato en forma total o parcial, mediante la remision por la via notarial del documento en el que se manifieste esta decision y el motivo que la justifica, quedando resuelto de pleno derecho el contrato a partir de la recepcion de dicha comunicacion por el contratista; Que, el numeral 1) del articulo 225º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, faculta a la Entidad a resolver el contrato en el caso que el contratista incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello; Que, el articulo 226º del Reglamento mencionado precisa el procedimiento de resolucion del contrato, el mismo que la Entidad ha cumplido, remitiendo la Carta Notarial Nº 510-2006-MEM-OGA mediante la cual quedo de manifiesto el incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, procediendose a resolver de forma total el mencionado contrato; Que, el servicio de mantenimiento y limpieza resulta de MORDAZA importancia por cuanto contribuye a mantener la higiene y salubridad en los distintos ambientes y dependencias del Ministerio de Energia y Minas, por tanto la ausencia de este comprometeria en forma directa la continuidad de las funciones y el normal desarrollo de las labores que la Entidad tienen a su cargo; en tal sentido, es necesario que la prestacion del servicio de mantenimiento y limpieza continue y no se interrumpa debiendo, para tal efecto, adoptarse las medidas pertinentes que permitan paliar la situacion de

desabastecimiento, mientras se inicia el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, al ser la situacion de desabastecimiento actual, urgente y que comprometeria en forma directa e inminente la continuidad de las labores que el Ministerio tiene a su cargo, cumple con las caracteristicas senaladas en el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para proceder a la contratacion del servicio de mantenimiento y limpieza, bajo la causal de exoneracion por desabastecimiento inminente por un periodo de seis (6) meses; Que los articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecen que las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego y las contrataciones se realizaran mediante acciones inmediatas; De conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM, respectivamente; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar el servicio de mantenimiento y limpieza en situacion de desabastecimiento inminente, de conformidad a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Energia y Minas del MORDAZA de concurso publico para la contratacion del servicio de mantenimiento y limpieza y autorizar su contratacion en forma directa. Articulo 3º.- El valor referencial total asciende hasta S/. 282 000,00 (Doscientos ochenta y dos mil y 00/100 nuevos soles) incluidos todos los impuestos correspondientes, con cargo a la Fuente de Financiamiento 109 - Recursos Directamente Recaudados del Ministerio de Energia y Minas y hasta por un periodo de seis (6) meses. Articulo 4º.- La contratacion a la que se refiere el articulo precedente sera realizada por dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 5º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001-MEM CENTRAL del Ministerio de Energia y Minas la exoneracion del concurso publico para la contratacion del servicio de mantenimiento y limpieza. Articulo 6º.- Encargar a la Oficina General de Administracion remitir MORDAZA de la presente resolucion y de los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como proceder a la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 02683-1

INTERIOR
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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2021-2006-IN/1201 MORDAZA, 2 de octubre del 2006

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