Norma Legal Oficial del día 19 de Abril del año 2007 (19/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2007

PRODUCE
Renuevan autorizacion a empresa para la instalacion de establecimiento industrial pesquero y procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 156-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de marzo del 2007 Visto el Expediente con Registro N° 00083556 de fechas 19 de diciembre del 2006 y 22 de enero del 2007, presentados por la empresa ULTRA FRIO S.A.C. CONSIDERANDO: Que el numeral 4 literal b) del Articulo 43° Articulo 44° y Articulo 46° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, las que constituyen un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el Articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que asimismo, el numeral 52.1 del Articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que la autorizacion de instalacion senalada en el Articulo 49° se otorga con vigencia no mayor de un (1) ano. Dicha autorizacion podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que mediante Resolucion Directoral N° 442-2005PRODUCE/DNEPP, se autorizo a ULTRA FRIO S.A.C. la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 40 t/dia, en su establecimiento industrial a ubicarse en Psje. Punta Pescadores Mz. A Lotes 1 y 2 de la MORDAZA industrial del distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita renovacion del plazo de autorizacion establecido en la Resolucion Directoral N° 442-2005-PRODUCE/DNEPP, a fin de culminar con la instalacion del establecimiento industrial pesquero, indicado en el considerando anterior; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion que obra en el expediente administrativo, se ha determinado que la recurrente ha acreditado haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado y asimismo ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE, por lo que deviene en procedente otorgar la renovacion del plazo de autorizacion de instalacion solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe N° 1472007-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la visacion de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43°, inciso b) numeral 4, 44° y 46° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca y los Articulos 49° y 52° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118°

del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Renovar por el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de vencimiento de la Resolucion Directoral N° 442-2005-PRODUCE/DNEPP, la autorizacion otorgada a la empresa ULTRA FRIO S.A.C., para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de una planta de congelado, con una capacidad de 40 t/dia, en su establecimiento industrial a ubicarse en Psje. Punta Pescadores Mz. A Lotes 1 y 2 de la MORDAZA industrial del distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, departamento de MORDAZA Articulo 2°.- La empresa ULTRA FRIO S.A.C. debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a las normas de preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion Nacional de Medio Ambiente (actualmente Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria), segun Certificado Ambiental N° 033-2005-PRODUCE/DINAMA de fecha 28 de setiembre del 2005. Articulo 3°.- La empresa ULTRA FRIO S.A.C., debera concluir con la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, dentro del plazo otorgado en el articulo 1° de la presente resolucion. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4°.- La autorizacion de instalacion del establecimiento industrial pesquero otorgado a traves de la Resolucion Directoral N° 442-2005-PRODUCE/DNEPP caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del termino del plazo otorgado en el Articulo 1° de la presente resolucion, la instalacion, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo senalado en los Articulos 2° y 3° de la presente resolucion, sera causal de caducidad del derecho otorgado, o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 6°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 50196-1

Declaran procedente cambio de titular de licencia de operacion de planta de enlatado ubicada en el distrito de Paracas, a favor de San MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 157-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de marzo del 2007 Visto: los escritos con Registro N° 35092 Adjuntos N° 02, N° 03 y N° 04 de fechas 11 de MORDAZA del 2006, 8 de enero y 8 de enero del 2007 de la empresa SAN MORDAZA S.A., respectivamente, presentado por SAN MORDAZA S.A. y demas documentos propios del MORDAZA administrativo; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1° de la Ley General de Pesca ­ Decreto Ley N° 25977 establece que la ley tiene

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