Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2007 (01/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2007

Anexos, numerales y parrafos cuyo contenido no estaba contemplado en el proyecto aprobado por el Consejo Regional; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 260-2007-DIRCOCOR PNP/DIVPACGR/DISREG-OPA-IQT de 12.OCT.2007 a la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de Maynas, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Falsedad Ideologica, Falsificacion de Documentos, Encubrimiento Real, Peculado, Colusion, Omision de Actos Funcionales, Abuso de Autoridad y Asociacion Ilicita para Delinquir; ilicitos previstos y sancionados en los articulos 428º, 427º, 405º, 387º, 384º, 377º, 376º y 317º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22° de la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta

conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 138389-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 947-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 22 de noviembre de 2007. VISTOS: Los Oficios Nºs. 1606, 1524, 1365, 1251, 1100 y 737-2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe N° 001309-

2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el RENIEC a traves de los Informes Nºs. 2856, 4839 y 660-2006/HYC/SGDAR/GP/RENIEC de la Sub Gerencia de Depuracion y Archivo Registral, Informe Nº 207-2007/HYC/SGDI/GPDR/RENIEC de la Sub Gerencia de Depuracion de Identificacion, Informe Nº 2239-2005/GP/ SGDAC/HYC/RENIEC de la Sub Gerencia de Depuracion Registral y Archivo Central e Informe Nº 035-2006/HYC/ SGEDI/GEDR/RENIEC de la Sub Gerencia de Evaluacion y Depuracion de Identificacion, detecto suplantaciones, identidades multiples y otros, de ciudadanos que al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del Registro, y con los Informes de Homologacion Monodactilar que obran en cada uno de los expedientes, se determino que seis ciudadanos obtuvieron doble inscripcion usurpando identidades mediante declaraciones falsas basada en la MORDAZA de partidas, actas o certificaciones de nacimiento pertenecientes a terceras personas, siendo dichas inscripciones las siguientes:

Informe de Homologacion Dactilar 417-2006-BG-GP-RENIEC 421-2006-BG-GP-RENIEC 027-2005-GP-SGDAC-AP 049-2007-DDG-GEDR-RENIEC 009-2003-UDGIA-GP-RENIEC 397-2005-GP-SGDAC-AP

Identidad Usurpada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tocto Silupu MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Resolucion de Cancelacion de Inscripcion 2451-2006-SGDAR-GP-RENIEC 2087-2006-SGDAR-GP-RENIEC 666-2006-SGEDI-GEDR-RENIEC 358-2007-SGDI-GPDR-RENIEC 1017-2006-SGDAR-GP-RENIEC 485-2006-SGEDI-GEDR-RENIEC

Nombre y Apellidos del usurpador de identidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tocto Silupu MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Traverso MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiets Roy MORDAZA MORDAZA

Que, si bien las resoluciones administrativas MORDAZA senaladas, excluyeron definitivamente la MORDAZA inscripcion, del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, del referido comportamiento se presume la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, tipificado en el articulo 428° del Codigo Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atencion al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica;

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tocto Silupu, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA San MORDAZA Traverso, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fiets Roy MORDAZA Choquehuanca.

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