Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2007 (01/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2007

aclaracion u observacion, registrarlo en la ventana "Observaciones". Observacion 8: ¿Este formato sera de uso exclusivo para residuos solidos o incluira los residuos liquidos generadores en las locaciones? Comentario: El formato se aplicara a todos los residuos que esten dentro del alcance de la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM. Observacion 9: ¿El reporte de residuos solidos sera indicado en medidas volumetricas o en peso? Comentario: El formato esta disenado para m3/mes, pero de existir la necesidad de usar otras unidades, registrarlo en la ventana "Descripcion", ejemplo: 20 Kg. de catalizador gastado 3 m3 de suelo contaminado con hidrocarburos Observacion 10: En general se requiere un Manual de Usuario que debio publicarse junto con el Proyecto. Comentario: Esta programado capacitar a los usuarios del presente procedimiento, en el que se entregara, de ser necesario, un manual de uso. 138382-1

Aprueban MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribucion de Gas Natural"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 719-2007-OS/CD MORDAZA, 28 de noviembre de 2007 VISTO: Los Informes Nº 0391-2007-GART y Nº 0393-2007GART, elaborado respectivamente por la Asesoria Legal y la Division de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 124º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM (en adelante "REGLAMENTO"), OSINERGMIN debe establecer, MORDAZA de la primera regulacion tarifaria, el procedimiento para la elaboracion de los estudios tarifarios, debiendo los Concesionarios elaborar sus propuesta tarifaria en base al referido procedimiento y presentarla dentro del plazo que senale para tales efectos el OSINERGMIN; Que, en aplicacion del mandato dispuesto en el REGLAMENTO, mediante Resolucion OSINERG Nº 1466-2002-OS/CD, se aprobo el "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios del Concesionario de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao", el cual fue valido para la primera regulacion de tarifas; Que, el procedimiento aprobado por Resolucion OSINERG Nº 1466-2002-OS/CD no se encuentra vigente, habiendo sido de aplicacion exclusiva a la concesion de distribucion de gas natural de MORDAZA y Callao, por lo que, ante la obligacion dispuesta en el Articulo 124º del REGLAMENTO, le corresponde a OSINERGMIN aprobar el procedimiento para la elaboracion de los estudios tarifarios que utilizaran los Concesionarios al momento de elaborar su propuesta tarifaria; Que, por otro lado, OSINERGMIN, en su calidad de Organismos Regulador, y a efectos de cumplir con las competencias que le fueron atribuidas, cuenta con la funcion normativa contemplada en el literal c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, mediante la cual se posibilita la

mayor participacion de los interesados en los procesos de toma de decisiones, dotando de transparencia, predictibilidad y cognoscibilidad la actuacion de la administracion; Que, de esta manera, para el ejercicio de la funcion normativa, el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, contempla la posibilidad de aprobar disposiciones de caracter general relativos a sistemas tarifarios o regulatorios o mecanismos para su aplicacion; Que, con fecha 3 de octubre de 2007, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 588-2007-OS/CD, se dispuso la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre aspectos regulados de la Distribucion de Gas Natural", en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de OSINERGMIN, con el proposito de que los interesados remitan al OSINERGMIN sus comentarios y sugerencias, los cuales luego de recibidos fueron debidamente analizados mediante el Informe Tecnico Nº 0393-2007-GART y el Informe Legal Nº 391-2007-GART, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, habiendose incorporado aquellas sugerencias que contribuyen al logro de los objetivos de la resolucion y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM, la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM, el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-20014-PCM; y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribucion de Gas Natural". Articulo 2°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS De acuerdo con los dispuesto en el Articulo 124º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM (en adelante REGLAMENTO), el OSINERGMIN debe establecer, MORDAZA de la primera regulacion tarifaria, el procedimiento para la elaboracion de los estudios tarifarios, debiendo los Concesionarios elaborar su propuesta tarifaria en base al referido procedimiento y presentarla dentro del plazo que senale para tales efectos el OSINERGMIN. Adicionalmente, el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 053-2001-EM, que modifico el REGLAMENTO, establecio que el Concesionario, previo acuerdo con la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, podra solicitar al OSINERGMIN la primera regulacion tarifaria MORDAZA de la aplicacion de la tarifa inicial (prevista para Agosto del 2004), y que para tales efectos el OSINERGMIN coordinara con el Concesionario los procedimientos para la elaboracion de los estudios tarifarios. De acuerdo con lo anterior, OSINERGMIN publico la Resolucion Nº 1466-2002-OS/CD, que aprobo el "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios del Concesionario de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao la cual se restringe unicamente a la primera revision de tarifas, luego de culminado el plazo de aplicacion de las tarifas iniciales.

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