Norma Legal Oficial del día 02 de Diciembre del año 2007 (02/12/2007)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de diciembre de 2007

contexto, es menester precisar que los citados decretos supremos son disposiciones de caracter general, en este sentido, son de obligatorio cumplimiento desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, segun se desprende del articulo 109° de la Constitucion Politica del Estado, por tanto, es evidente que la recurrente no podria alegar un desconocimiento o falta de notificacion a fin de que cumpla con adecuar su establecimiento industrial pesquero a la resenada MORDAZA Sanitaria; Que, inclusive, de los documentos obrantes en el expediente administrativo, se observa que en la primera instancia administrativa, habiendo interpuesto MORDAZA MORDAZA CORP S.A. un recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral No. 030-2006-PRODUCE/DNEPP, el Instituto Tecnologico Pesquero - ITP informo a traves del Oficio No. 814-2006-ITP/DE del 25 de agosto de 2006, que encontrandose la suspension de licencias sujetas a la subsanacion de las observaciones del Protocolo Sanitario, con fecha 4 de MORDAZA de 2006 realizo una visita a la mencionada planta para verificar el estado de las instalaciones y su adecuacion a las normativas sanitarias, no permitiendosele el ingreso por falta de autorizacion, sin embargo, habiendo tomado conocimiento el ITP que la actual propietaria del establecimiento industrial es la empresa CORPORACION MORDAZA S.A., se comunico con MORDAZA por diversos medios de comunicacion, a fin de programar la inspeccion con un representante de su empresa, no obteniendo respuesta para llevar a cabo la misma; Que, en este sentido, se ha determinado que la empresa CORPORACION MORDAZA S.A. no ha desvirtuado los fundamentos de la Resolucion Directoral No. 387-2006-PRODUCE/DGEPP, por lo que su recurso de apelacion deviene en infundado; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley No. 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PE, la Ley No. 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas aprobada por el Decreto Supremo No. 0402001-PE, y los Decretos Supremos Nos. 012-2004PRODUCE y 021-2005-PRODUCE, y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas a traves del articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PE y el literal h) del articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion , aprobado por Decreto Supremo No. 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa CORPORACION MORDAZA S.A., contra la Resolucion Directoral No. 3872006-PRODUCE/DGEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria 139064-1

de optimizar los servicios publicos que proporciona el Estado; Que por Resolucion Ministerial Nº 1426/RE, de 22 de noviembre de 2006, se nombro a los integrantes de la Comision Supervisora del MORDAZA de Ratificacion de los actuales Traductores Publicos Juramentados; Que por Resolucion Ministerial Nº 0015/RE de 9 de enero de 2007, se aprobaron las Bases para culminar el MORDAZA de Ratificacion de los actuales Traductores Publicos Juramentados; Vista el Acta de los Resultados Finales del MORDAZA de Ratificacion de los actuales Traductores Publicos Juramentados, de 12 de febrero de 2007, elaborada por la Comision Supervisora del MORDAZA ad hoc; Visto el memorandum (JTP) Nº 058 de 21 de septiembre de 2007, el Acta de la Junta de Vigilancia de los Traductores Publicos Juramentados de 13 de septiembre de 2007; asi como el memorandum (DGL) Nº 2087 de 6 de noviembre de 2007; De acuerdo a lo senalado por el articulo 50°, literal c) del Reglamento de los Traductores Publicos Juramentados; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA como Traductores Publicos Juramentados, en la o las combinaciones de idiomas, a las siguientes personas: 1. Castaneda MORDAZA, MORDAZA, en la combinacion de idiomas castellano-ingles. 2. Chaoui de MORDAZA, Fouzia, en la combinacion de idiomas castellano-frances. 3. Dupuich MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la combinacion de idiomas ruso-castellano 4. Mathews MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, en la combinacion de idiomas frances-castellano. 5. MORDAZA Odiaga, MORDAZA MORDAZA, en la combinacion de idiomas castellano-ingles y portugues-castellano. Articulo Segundo.- Darle las MORDAZA por los servicios prestados como Traductores Publicos Juramentados. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 138412-1

Designan delegacion que participara en el XIII Periodo de Sesiones de la Conferencia de las Partes en la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico y otros eventos a realizarse en Indonesia
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1373/RE MORDAZA, 28 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Peru aprobo la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico (UNFCCC, por sus siglas en ingles) mediante Resolucion Legislativa Nº 26185, de 12 de MORDAZA de 1993; Que, el objetivo principal de la Convencion y de todo instrumento juridico conexo que adopte la Conferencia de las Partes, como organo supremo de la UNFCCC encargado de velar por la aplicacion eficaz de la misma, es lograr, de conformidad con sus disposiciones pertinentes, la estabilizacion de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias antropogenas peligrosas en el sistema climatico; Que, en ese sentido, se adopto el Protocolo de Kyoto de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico, del cual el Peru forma parte, con el objetivo de profundizar los compromisos de estabilizacion de los gases de efecto invernadero en la atmosfera a traves de una reduccion de las emisiones, principalmente, de los paises industrializados;

RELACIONES EXTERIORES
Cesan a Traductores Juramentados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1363/RE MORDAZA, 27 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 126-2003-RE, de 11 de noviembre de 2003, se aprobo el Reglamento de los Traductores Publicos Juramentados, con la finalidad

Publicos

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