Norma Legal Oficial del día 08 de Agosto del año 2008 (08/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

377760

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de agosto de 2008

Declaran en abandono solicitud para efectuar investigacion cientifica a traves de la extraccion de especimenes de fauna MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 341-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2008 Visto el Expediente con registros N°s. 00054399 del 6 de agosto del 2007 y 00058157 del 18 de agosto del 2007, presentado por el senor RUDIGER KRAHE, investigador de la Universidad Mc Gill, Montreal, Canada. CONSIDERANDO: Que el articulo 191° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de Oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que mediante el escrito del visto, el recurrente solicito autorizacion para efectuar investigacion cientifica a traves de la extraccion de especimenes de la fauna MORDAZA de las estaciones de Panguana (Huanuco), MORDAZA MORDAZA (Loreto) y Los Amigos (Madre de Dios) como parte del Proyecto o Estudio sobre la Biodiversidad y el comportamiento de los peces electricos; solicitud que se encuentra dentro del Procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 359-2007-PRODUCE; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud presentada se determino que la documentacion se encontraba incompleta, debiendo cumplir con presentar el documento legalizado por el Consulado Peruano que acredite la existencia de la Universidad Mc GILL, MORDAZA del documento de identidad del administrado, el pago por derecho de tramite y la necesidad de que el proyecto de investigacion este suscrito; situacion que fuera comunicada con Oficios Nºs. 3958-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch del 31 de octubre del 2007 y 4824-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch del 28 de diciembre del 2007, otorgandosele plazos determinados para la subsanacion del caso; accion que hasta la fecha no fue ejecutada; Que de la evaluacion efectuada a los antecedentes que obran en el presente expediente, se ha determinado que a la fecha el senor RUDIGER KRAHE, no ha cumplido con el requerimiento formulado, por lo que habiendose paralizado la tramitacion de la solicitud mencionada en el MORDAZA considerando por mas de treinta (30) dias, corresponde que la autoridad administrativa declare el abandono de dicho procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el articulo 191° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 374-2008-PRODUCE/DGEPPDch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el articulo 191° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en ABANDONO la solicitud formulada por el senor RUDIGER KRAHE, investigador de la Universidad Mc Gill, Montreal, Canada, sobre la autorizacion para efectuar investigacion cientifica a traves de la extraccion de especimenes de la fauna MORDAZA de las estaciones de Panguana (Huanuco), MORDAZA MORDAZA (Loreto) y Los Amigos (Madre de Dios) como parte del Proyecto o Estudio sobre la Biodiversidad y el comportamiento de los peces electricos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca iniciada por persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 342-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2008

Visto el escrito con registro Nºs 00073509 del 25 de octubre de 2007 y adjunto Nº 01 del 18 de diciembre del 2007, presentado por MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MURILLO; CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde; por lo que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE del 29 de MORDAZA del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza, en cuyo numeral 5.4 del articulo 5º se establece que para dedicarse a la extraccion del citado recurso, debe utilizarse red de arrastre con tamano minimo de malla de 110 mm. en el copo; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 615-97-PE se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA para operar la embarcacion pesquera EL PIQUERO, de matricula PT-3817-CM y 99.29 m3 de capacidad de bodega para dedicarse a la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo, utilizando MORDAZA con hielo como sistema de preservacion a bordo y redes de arrastre de fondo con longitud minima de malla de 90 mm.; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por el escrito del visto y su adjunto, asi como de la aplicabilidad de la legislacion pesquera vigente, se ha determinado que el recurrente no cumple con presentar los requisitos sustantivos y establecidos en el procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2005-PRODUCE, publicado mediante la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 280-2007-PRODUCE, debido a que la embarcacion pesquera presenta cargas y gravamenes, y no existe conformidad por parte de los acreedores para proceder al cambio de titularidad de la embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano mediante el Informe Nº 377-2008-PRODUCE/DGEPP-Dch del 4 de junio del 2008, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE y modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2006-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE y modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 280 y 3592007-PRODUCE; En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion EL PIQUERO, de matricula PT-3817-CM, iniciado por el senor MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

235197-2

235197-3

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.