Norma Legal Oficial del día 23 de Abril del año 2009 (23/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral 1) del Articulo 27º de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos permite que un Estado Parte suspenda el ejercicio de determinados derechos humanos cuando exista un peligro publico que amenace su seguridad; Que, los literales b) y d) del numeral 2 del Articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, fija como competencias del Poder Ejecutivo ejercer las funciones y atribuciones inherentes a -entre otras- la seguridad nacional y al orden interno; De conformidad a lo prescrito en el literal 1) del Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por sesenta (60) dias, a partir del 1 de MORDAZA de 2009, el Estado de Emergencia en el distrito de Cholon de la provincia de Maranon, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies, y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y en la provincia de Padre MORDAZA del departamento de Ucayali. El Ministerio del Interior mantendra el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.- Suspension de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del Articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Vigencia de la MORDAZA El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra del Interior MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 339737-3

Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN, es un organismo publico regulador adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2006-PCM se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN; Que, el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del Sector; Que, el numeral 38.2 del articulo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las entidades estan obligadas a publicar el integro de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) cada 2 (dos) anos bajo responsabilidad de su Titular, pero que, sin embargo, podran hacerlo MORDAZA, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, la Ley Nº 27444 establece el MORDAZA de simplicidad, en virtud del cual, los tramites establecidos por la autoridad administrativa deberan ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; por lo que los requisitos exigidos deberan ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir; Que, con posterioridad a la publicacion del Decreto Supremo Nº 042-2006-PCM, se han expedido, entre otros, los siguientes dispositivos legales: Ley Nº, Decreto Supremo Nº 0032007-EM, Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM, Decreto Supremo Nº 043-2007-EM, Decreto Supremo Nº 081-2007EM, Resolucion del Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 096-2007-OS/CD, Resolucion del Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 311-2007-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 671-2007-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 719-2007-OS/ CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 735-2007-OS/CD, Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 751-2007-OS/CD, y Resolucion de Consejo Directivo de OSINERGMIN Nº 755-2007-OS/CD, lo que sirve de sustento para las modificaciones propuestas; Que, la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo senala que las entidades deberan calificar los procedimientos administrativos considerando estrictamente lo establecido en la mencionada Ley referente a la aplicacion del silencio administrativo positivo a los procedimientos que corresponda, asi como a lo senalado en el articulo 31º de la Ley Nº 27444, a fin de permitir que los administrados puedan satisfacer o ejercer sus intereses o derechos; Que, el MORDAZA normativo que regula los procedimientos administrativos a cargo del OSINERGMIN ha variado, por lo que resulta pertinente aprobar un MORDAZA MORDAZA para dicha institucion; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29091, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, conforme al Anexo que constituye parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual incluye el Formulario de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. El MORDAZA y el Formulario de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica deberan ser publicados en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe). Articulo 3º.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 0422006-PCM. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 339737-4

Decreto Supremo que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN
DECRETO SUPREMO Nº 023-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos concordado con el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, el Organismo

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