Norma Legal Oficial del día 04 de Diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121, PERENCO PERU LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, comunico a PERUPETRO S.A. que habia llegado a un acuerdo, para ceder el cincuenta por ciento (50%) de su participacion en el Contrato de Licencia a favor de SUBANDEAN E&P PERU, LLC., SUCURSAL DEL PERU; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 078-2009, de fecha 16 de setiembre de 2009, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- De la Aprobacion de la cesion de posicion contractual Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006-EM, por parte de PERENCO PERU LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, a favor de SUBANDEAN E&P PERU, LLC., SUCURSAL DEL PERU, asi como la modificacion del citado contrato derivada de la cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2º.- De la autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con las empresas PERENCO PERU LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, y SUBANDEAN E&P PERU, LLC., SUCURSAL DEL PERU, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121, que se aprueba en el articulo 1º. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 431637-10

Aprueban cesion de posicion contractual y modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 126
DECRETO SUPREMO Nº 087-2009-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2007-EM, de fecha 18 de MORDAZA de 2007, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 126, ubicado entre las provincias de MORDAZA Portillo y Atalaya del departamento de Ucayali, suscrito entre PERUPETRO S.A. con TRUE ENERGY PERU S.A.C. y, NORTH AMERICAN VANADIUM PERU S.A.C.; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11º de la mencionada Ley; Que, el articulo 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podra ceder su posicion contractual o asociarse con terceros, previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; asimismo, dicho articulo senala que estas cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista; Que, mediante Carta Nº OM134-08, de fecha 27 de noviembre de 2008, y de conformidad con la Clausula Decimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 126, TRUE ENERGY PERU S.A.C. comunico a PERUPETRO S.A. que habia llegado a un acuerdo, para ceder el total de su participacion en el Contrato de Licencia, equivalente al diez por ciento (10%), a favor de PETROMINERALES PERU S.A., asumiendo esta la condicion de operador; Que, mediante Carta Nº OM133-08, de fecha 27 de noviembre de 2008, y de conformidad con la Clausula Decimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 126, NORTH AMERICAN VANADIUM PERU S.A.C., comunico a PERUPETRO S.A. que habia llegado a un acuerdo para ceder el cuarenta y cinco por ciento (45%) de su participacion en el Contrato de Licencia, a favor de PETROMINERALES PERU S.A.; Que, conforme al Testimonio de Modificacion de Denominacion Social y Nombramiento de Apoderado Especial, otorgado ante el Notario de MORDAZA MORDAZA Fernandini MORDAZA, de fecha 07 de MORDAZA de 2009, NORTH AMERICAN VANADIUM PERU S.A.C. modifico su denominacion a VERAZ PETROLEUM PERU S.A.C.; Que, mediante Carta de fecha 20 de MORDAZA de 2009, VERAZ PETROLEUM PERU S.A.C., solicito a PERUPETRO S.A. sustituir al Garante Corporativo del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 126, TRUE ENERGY INC. por PETROMINERALES LTD.; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 070-2009, de fecha 25 de agosto de 2009, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual y Modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 126, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- De la Aprobacion de la cesion de posicion contractual y modificacion Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion

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