Norma Legal Oficial del día 11 de Febrero del año 2009 (11/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390617

Que, de acuerdo a lo previsto el numeral 9.7 del articulo 9° del Decreto Legislativo N° 1012, la designacion de los Comites de Inversion por parte de una entidad sectorial se efectuara mediante Resolucion Suprema, que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en consecuencia, mediante Resolucion Suprema N° 002-2009-EM publicada en el Diario Oficial El Peruano en fecha 14 de enero de 2009, se creo el Comite de Inversion del Ministerio de Energia y Minas, designando a sus integrantes; Que, sin embargo, se hace necesario efectuar determinadas precisiones a la citada Resolucion Suprema, a efectos de implementar de modo mas eficiente las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificacion del articulo 1° de la Resolucion Suprema N° 002-2009-EM Modificar el articulo 1° de la Resolucion Suprema N° 002-2009-EM con el siguiente texto: "Crear el Comite de Inversion del Ministerio de Energia y Minas, en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la Generacion del Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada." Articulo 2°.- Modificacion del articulo 2° de la Resolucion Suprema N° 002-2009-EM Modificar el articulo 2° de la Resolucion Suprema N° 002-2009-EM con el siguiente texto: "El Comite de Inversion del Ministerio de Energia y Minas estara conformado por los siguientes integrantes: - Senor MORDAZA Vidalon MORDAZA, quien lo presidira - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Senor MORDAZA MORDAZA Ballen Para cada proyecto que sea sometido a consideracion del Comite, este designara un Secretario Tecnico ad hoc especializado en la materia, quien sera responsable de brindar el soporte necesario para la realizacion de las actividades a cargo del Comite en el proyecto que le sea asignado." Las funciones que de conformidad con el Decreto Legislativo N° 674, el Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo N° 059-96-PCM y la Ley N° 28509, correspondan a los Comites Especiales de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, seran asumidas por el Comite de Inversion del Ministerio de Energia y Minas, en los procesos que le MORDAZA asignados. Articulo 3°.- Instalacion del Comite de Inversion El Comite de Inversion del Ministerio de Energia y Minas debera instalarse en un plazo que no excedera los diez (10) dias habiles posteriores a la publicacion de la presente MORDAZA modificatoria. Articulo 4°.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 311817-7

Otorgan concesion a favor de Compania Minera Caudalosa S.A. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 052-2009-MEM/DM MORDAZA, 28 de enero de 2009 VISTO: El Expediente N° 21171508, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de las futuras Centrales Hidroelectricas Tambo I, Tambo II, Tambo III y Tambo IV, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por COMPANIA MINERA CAUDALOSA S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11379036 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, COMPANIA MINERA CAUDALOSA S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1839509, de fecha 25 de noviembre de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de las futuras Centrales Hidroelectricas Tambo I, Tambo II, Tambo III y Tambo IV, para una potencia instalada total estimada de 94,5 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de San MORDAZA de los Molinos, Huaytara, Ayavi, Tambo, MORDAZA MORDAZA de Capillas, San MORDAZA de Sangayaico y MORDAZA de Chocorvos, provincias de Ica y Huaytara, departamentos de Ica y Huancavelica, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 006-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de COMPANIA MINERA CAUDALOSA S.A., que se identificara con el codigo N° 21171508, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en las futuras Centrales Hidroelectricas Tambo I, Tambo II, Tambo III y Tambo IV con una potencia instalada total estimada de 94,5 MW, los cuales se realizaran en los distritos de San MORDAZA de los Molinos, Huaytara, Ayavi, Tambo, MORDAZA MORDAZA de Capillas, San MORDAZA de Sangayaico y MORDAZA de Chocorvos, provincias de Ica y Huaytara, departamentos de Ica y Huancavelica, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):

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