Norma Legal Oficial del día 24 de Febrero del año 2009 (24/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 24 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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6.2 Direccion Regional de Educacion: a) La DRE, a traves del Comite Regional de Distribucion de Material Educativo y en coordinacion con las UGEL, supervisara la recepcion, distribucion (despacho oportuno) y conservacion de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas, PRONOEI y/o CRAE de sus respectivas jurisdicciones. b) La DRE debera mantener actualizado el Directorio de Almacenes por las UGEL, y remitir a la OGA un ejemplar de dicho documento, y comunicara inmediatamente al Ministerio de Educacion los cambios de personal, ubicacion de almacen y telefono de contacto. c) El Director Regional de Educacion adoptara las medidas que estime necesarias a fin de lograr que los excedentes que pudieran presentarse en algunas de las UGEL de su jurisdiccion, se redistribuyan a otras UGEL que presenten deficit de material educativo. 6.3 Unidad de Gestion Educativa Local: a) La UGEL, a traves del Comite Local de Distribucion de Material Educativo, es la responsable de dirigir y ejecutar el MORDAZA de recepcion, distribucion (despacho oportuno) y conservacion de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas, PRONOEI y/o CRAE de su jurisdiccion. b) Disponer la recepcion, verificar las condiciones y cantidades de los Materiales Educativos de acuerdo al Cuadro de Distribucion. Firmar a la fecha, la conformidad en las PECOSAS y Guias de Remision respectivas, asi como el cargo de los documentos complementarios. c) Establecer los mecanismos mas adecuados para el oportuno despacho, uso, conservacion y seguridad de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas beneficiadas. d) Las Actas de Entrega de las I.E, PRONOEI y/o CRAE, seran llenadas por el Especialista del nivel correspondiente (AGP) y las PECOSAS seran elaboradas por el responsable de Abastecimiento (Almacen) para su distribucion a las Instituciones Educativas. e) La UGEL debera remitir a la Direccion General de Educacion Basica Regular y a la Direccion Regional de Educacion, un juego original de Actas de Entrega de las I.E., PRONOEI y/o CRAE de su jurisdiccion y el informe del MORDAZA de distribucion. La remision debe efectuarse en un plazo no mayor a 30 dias de iniciada la distribucion a las I.E, PRONOEI y/o CRAE. f) Supervisar el cumplimiento de los alcances de la presente MORDAZA e informar a la DRE de lo actuado con MORDAZA a la Direccion General de Educacion Basica Regular. 6.4 Municipalidad del Plan Piloto de Municipalizacion de Gestion Educativa: a) Remitir a la Direccion General de Educacion Basica Regular del Ministerio de Educacion y a la Direccion Regional de Educacion, un juego original de Actas de Entrega de las II.EE. de su jurisdiccion y el informe del MORDAZA de distribucion. La remision debe efectuarse en un plazo no mayor a 30 dias de iniciada la distribucion a las I.E. b) Supervisar el cumplimiento de los alcances de la presente MORDAZA e informar a la DRE de lo actuado con MORDAZA a la DIGEBR. 6.5 Direccion de Institucion Educativa: a) La I.E. a traves del Comite Institucional de Distribucion de Material Educativo, presidido por el Director (a) es responsable de la recepcion, conservacion y seguridad del material educativo dotado. b) El Director (a) recepcionara los Materiales Educativos asignados, verificando el contenido, condiciones, cantidad y firmar la conformidad en las PECOSAS y por cuadriplicado el Acta de Entrega. Estos documentos seran entregados al responsable de la UGEL. c) Registrar e inventariar el Material Educativo recepcionado. Los Textos de Grado y Manuales para Docentes seran incorporados como parte del Banco del Libro. 6.6 Programas No Escolarizado de Educacion Inicial y Centros de Recursos para el Aprendizaje: a) El PRONOEI y/o CRAE, a traves del Comite presidido por el coordinador(a), es responsable de la recepcion, conservacion y seguridad del material educativo dotado.

b) El Coordinador(a) recepcionara los Materiales Educativos asignados, verificando el contenido, condiciones, cantidad y firmara la conformidad en las PECOSAS y por cuadriplicado el Acta de Entrega que sera entregada al responsable de la UGEL. c) El Coordinador(a) es responsable de registrar e inventariar el Material Educativo recepcionado, como parte del Inventario del PRONOEI y/o CRAE. 7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local respectivamente, resolveran los casos no previstos en la presente MORDAZA, dando cuenta a la Direccion General de Educacion Basica Regular. b) Los Directores Regionales de Educacion, Directores de Unidades de Gestion Educativa Local, Directores de Instituciones Educativas, Coordinadoras de los Programas No Escolarizados de Educacion Inicial, y Coordinadoras de CRAE dispondran lo conveniente a fin de garantizar el estricto cumplimiento de la presente norma. c) Las instancias de gestion educativa descentralizada y los funcionarios responsables tienen la obligacion, bajo responsabilidad, de realizar permanentemente acciones de supervision, control concurrente y posterior a los procesos de recepcion, distribucion, uso y conservacion de los materiales educativos. San MORDAZA,

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ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje del Viceministro de Minas y de funcionarios de la Direccion General de Mineria y del INGEMMET a Canada para participar en la Convencion Anual del PDAC
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2009-EM
MORDAZA, 23 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, entre los dias 01 y 04 de marzo de 2009, se llevara a cabo, en el Metro Toronto Convention Center - South Building de la MORDAZA de Toronto, Canada, la Convencion Anual del PDAC (Prospectors and Developers Association of Canada), evento que reunira a personalidades y companias vinculadas con la exploracion y con la actividad minera; Que, el mencionado evento le ofrecera al Peru una importante vitrina para atraer inversionistas relacionados con la actividad minera, asimismo, le permitira afianzar sus vinculos comerciales con los distintos paises que participen en el mismo; Que, en ese sentido y dada la importancia comercial del referido evento, el Peru ha conformado una delegacion de instituciones del Estado, la misma que se encargara de promover, entre los participantes, distintos proyectos de inversion en minera a fin de que MORDAZA desarrollados en el MORDAZA, haciendose necesaria la participacion del Vice Ministro de Minas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del Vice Ministro de Minas, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Isasi MORDAZA, entre los dias 28 de febrero y 04 de marzo de 2009, a la MORDAZA de Toronto, Canada, debiendo el Ministerio de Energia y Minas asumir con cargo a su presupuesto, los gastos que por concepto de pasajes, viaticos y tarifa CORPAC se irroguen; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, en su articulo 9, inciso 3 y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Isasi MORDAZA, Vice Ministro de Minas, a la MORDAZA

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