Norma Legal Oficial del día 24 de Febrero del año 2009 (24/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 24 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Por mayoria, con el MORDAZA en discordia de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz: PROVINCIA DE TUMBES: - La Sala Penal, en Sala Penal de Apelaciones. - El Juzgado Penal Transitorio, en Juzgado Penal Liquidador Transitorio. PROVINCIA DE CONTRALMIRANTE VILLAR: - El Juzgado de Paz Letrado, asume funciones de Juzgado de la Investigacion Preparatoria en adicion a sus funciones. Articulo Segundo.- Crear en el mencionado Distrito Judicial los siguientes organos jurisdiccionales: Por unanimidad: PROVINCIA DE TUMBES: - El MORDAZA Unipersonales. y Tercer Juzgados Penales

Justicia de Tumbes, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El MORDAZA de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz, es como sigue: Externo N° 14934-2008 Con el debido respeto por la decision de la mayoria, emito el siguiente voto:

Por mayoria, con el MORDAZA en discordia de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz: PROVINCIA DE TUMBES: - La Sala Penal Liquidadora Transitoria. Articulo Tercero.Los Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de Tumbes tendran ademas competencia en la Provincia de Zarumilla, los cuales conformaran, cuando el sistema lo requiera, el Juzgado Penal Colegiado, con competencia en las tres provincias del Distrito Judicial de Tumbes. Por unanimidad: Articulo Cuarto.- Disponer las siguientes normas complementarias: - Los organos jurisdiccionales que asuman los procesos conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal, lo haran bajo el criterio de "carga cero", excepto los Juzgados Mixtos, que en adicion a sus funciones asumiran ademas la liquidacion de los procesos bajo el Codigo de Procedimientos Penales. - Las MORDAZA Penales y Juzgados Penales Liquidadores asumiran la carga procesal de todos los procesos tramitados conforme al Codigo de Procedimientos Penales, hasta su culminacion. - Los organos jurisdiccionales creados como liquidadores con caracter transitorio, tendran un funcionamiento de seis (6) meses, cuya prorroga, conversion o reubicacion sera decidida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Tumbes, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion y una adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Setimo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- Los gastos que genere la presente resolucion y la implementacion del Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial de Tumbes, seran con cargo a las partidas presupuestales correspondientes para el Ano Fiscal 2009. Articulo Noveno.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Ministerio de Economia y Finanzas, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de

MORDAZA EN DISCORDIA DE LA SENORITA CONSEJERA DRA. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA
MORDAZA, treintiuno de diciembre del ano dos mil ocho. VISTOS: Las propuestas de conformacion de Organos Jurisdiccionales para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial de Tumbes, efectuadas por la Corte Superior de dicha sede, la Gerencia General del Poder Judicial, asi como las arribadas por la Comision de Trabajo encargada por el ETI: CONSIDERANDO: Primero: Analizados por la suscrita, los recaudos referentes a la creacion y/o conversion de Organos Jurisdiccionales en el distrito judicial de Tumbes con el objeto de implementar el MORDAZA Codigo Procesal Penal en dicha sede; se toma en cuenta lo siguiente: - Que el indice de delincuencia en las provincias de Tumbes y Zarumilla, se ha incrementado ostensiblemente, alcanzando niveles de crimen organizado, principalmente por delitos de contrabando, narcotrafico y robo agravado, entre otros; incluso se ha elevado la proclividad en la comision del delito por violacion de la MORDAZA sexual y homicidio; es mas, a la fecha existen aun lugares inaccesibles a las mismas fuerzas del orden donde residen tales trasgresores de la ley, no solo nacionales sino extranjeros, estos ultimos en porcentaje considerable por ser MORDAZA de frontera. - Que, a la fecha la carga penal total de la provincia de Tumbes, excede a los 4,700 expedientes, tramitados en los cuatro juzgados penales existentes; en ese sentido, el solo considerar un juzgado penal liquidador para toda la provincia mencionada, perjudicaria gravemente el servicio de la administracion de justicia que se brinda en la Corte Superior de Tumbes; pues por factor humano se pondria en riesgo el cumplimiento de los articulos MORDAZA y MORDAZA (principio de celeridad) de la Ley Organica del Poder Judicial, ya que solo seria un juez, quien asumiria la responsabilidad de dicha carga procesal, incrementada, como es logico hasta marzo del ano 2009. - Que la carga penal en la provincia de Zarumilla, a la fecha, asciende a mas de 1,600 expedientes; por ende se infiere de ello la necesidad de que dicha circunscripcion cuente con un Juzgado Penal Unipersonal propio, y no que dependa de los juzgados unipersonales de la provincia de Tumbes; pues de lo contrario, se trastocaria uno de los preceptos fundamentales que orienta a este Organo de Gobierno, por ende al Estado como deber, el de acercar la justicia al pueblo, de conformidad con el MORDAZA paragrafo del articulo 7° de la Ley Organica del Poder Judicial. - Que, la Sala Especializada en lo Penal de Tumbes, posee mas de 1,200 expedientes; los cuales tendrian que ser remitidos a la nueva Sala Penal Transitoria Liquidadora creada, en desmedro de la tramitacion de tales, la cual se veria interrumpida por la transferencia

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